Multan a una constructora con 3.000 euros por la muerte de un trabajador
El Juzgado de lo Penal número uno de Logroño ha condenado a los apoderados de la empresa Construcciones Egin, S.L. al pago de una multa de 3.000 euros cada uno por una falta de homicidio por imprudencia leve.
Según relata la sentencia, la citada empresa estaba realizando la ampliación de una bodega y construyendo una vivienda unifamiliar en San Asensio. El 2 de septiembre, uno de los obreros estaba trabajando en el encoframiento del techo de la planta baja, tratando de acabar el vuelo en esquina del encofrado colocando una tabla final.
Cuando había colocado la tabla y las puntas semiclavadas en un extremo, trató de clavar el otro, y al parecer pisó sobre ella y se volteó, perdiendo el equilibrio y cayendo al suelo, golpeándose fuertemente la cabeza. Como consecuencia del accidente, el trabajador sufrió traumatismo craneoencefálico, falleciendo dos días después.
En la obra no había protecciones colectivas para evitar las caídas de altura, ni protección individual, al no utilizar sistemas autorizados y sin haberse instalado cable fiador donde anclarlo.
Para el juez, los citados apoderados son autores criminalmente responsables de unos hechos constitutivos de una falta de homicidio por imprudencia leve, que merece una pena de dos meses de multa a cincuenta euros diarios.
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