La danza del estornino contra la judicatura indecente
Sobre este blog
En Abierto es un espacio para voces universitarias, políticas, asociativas, ciudadanas, cooperativas... Un espacio para el debate, para la argumentación y para la reflexión. Porque en tiempos de cambios es necesario estar atento y escuchar. Y lo queremos hacer con el “micrófono” en abierto.
He tenido que procesar las palabras del juez David Mamán Benchimol, titular del Juzgado de violencia sobre la mujer nº8 de Madrid, vertidas el pasado 18 de febrero de 2026 en el Colegio de la Abogacía de Madrid, donde impartía una formación a profesionales de la abogacía en materia civil y penal en contextos de violencia de género. Este magistrado habló peyorativamente de las condiciones otorgadas por el sistema a las mujeres que necesitan denunciar por sufrir violencia en el ámbito de la pareja. Con un lenguaje inasumible en el ejercicio de su cargo, optó por el negacionismo para explicar por qué las mujeres “van a la caza de la orden”, cuestionándose qué pierden al denunciar, y acusándolas de “lavar el coco” a sus hijos cuando se oponen al modelo de guarda y custodia compartida, obviando el hecho de que esos hijos e hijas también son víctimas y que, por supuesto, un maltratador no es un buen padre. Pero sobre todo el magistrado lo que exhibió fue un profundo desconocimiento de la materia, poniendo al descubierto su incapacidad, peligrosidad y negligencia.
Mis pensamientos me llevaron a varias conclusiones: La primera, que este juez no está capacitado para impartir justicia, mucho menos en un juzgado que requiere conocimientos en igualdad y en perspectiva de género. Y no porque lo diga yo, sino porque lo prescribe la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cuyo artículo 4, sobre la “Integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas” establece que “La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas.” Con su verborrea evidencia que está dejando de aplicar el ordenamiento jurídico, de manera negligente y letal. Solo por esto debe ser sancionado y trasladado o suspendido.
La segunda conclusión es que tampoco está preparado para impartir formación en un colegio profesional, porque resulta evidente que él mismo no ha sido evaluado tras la escueta formación que les dan a las juezas y jueces que optan por este destino. Resulta notorio que este magistrado no superó la materia y, en consecuencia, debe ir a otra jurisdicción. Por su parte, el Colegio de la Abogacía de Madrid debe mostrar mayor celo en la elección de sus ponentes, exigir mayor grado de conocimiento y sensibilidad. Sería oportuno saber si cobró y cuánto.
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