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El pago de la tasa de basuras ahoga aún más a los inquilinos de Madrid: “No está en mi contrato, pero el casero me obliga”

Guillermo Hormigo

Madrid —
22 de octubre de 2026 21:20 h

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“Hola, te adjunto la nueva TGR [Tasa de Gestión de Residuos] que debéis pagar. Es el primer año que el Ayuntamiento de Madrid nos lo pone a todas las viviendas. Esto os corresponde pagarlo a vosotros. Hacedme una transferencia. Yo ya lo he pagado. Gracias”. Un mensaje como este es el que David recibió en su móvil hace un año. El propietario de su piso, en el barrio de Atocha y el distrito de Arganzuela, le emplazaba así a abonarle de manera inmediata la nueva tasa de basuras introducida por el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida.

Pese a que esta partida no aparece en su contrato, por entonces vigente desde tres años antes y ahora cuatro, el casero les amenazó. “Si me venís con pegas ya sabéis que tengo gente esperando para entrar cuando pasen los cinco años y que lo puedo subir bastante. Sois buenos chicos, pero no os pongáis pesados”, les dijo, según ilustra David. Finalmente, él y sus tres compañeros de piso optaron por ceder. No todos coincidían, lo cual causó alguna tensión interna, pero prefirieron no estirar más la tensión y abonar alrededor de 150 euros entre los cuatro.

Un año después, el arrendador ha vuelto a la carga. Esta vez, tras llegar a un acuerdo para renovar su alquiler más allá de 2027 (aunque todavía sin actualizar el documento incluyendo la nueva tasa), le hicieron el ingreso sin rechistar. “Es muy fuerte que me tenga que hacer cargo de algo que no está en mi contrato, pero que mi casero me obliga a pagar”, lamenta David. La legislación les ampara: el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos señala que, para que los tributos que correspondan a la vivienda (caso de la tasa de basuras) sean a cargo del arrendatario, en el contrato “deberá constar por escrito”. Todas las fuentes jurídicas consultadas por Somos Madrid coinciden en este análisis: aunque sea un recibo asociado al consumo del hogar, si no aparece recogido expresamente en el acuerdo en vigor no puede repercutir en el inquilino.

Los caseros se aprovechan de nuestro miedo. Saben que la ley suele estar de su parte, pero cuando no lo está, pueden tirar de la posición de poder que tienen frente a nostros que somos más precarios

Es por ello que en el piso de David hubo división entre quienes se plantearon insistir al casero e incluso recurrir legalmente y quienes optaban por evitar el conflicto. Finalmente, ante la complicada crisis habitacional que atraviesa la ciudad y todo el país con unos precios disparados, se impuso la segunda postura. “Los caseros se aprovechan de nuestro miedo. Saben que la ley suele estar de su parte, pero cuando no lo está, pueden tirar de la posición de poder que tienen frente a nosotros que somos más precarios”, expone.

Las armas del inquilino: la letra pequeña del contrato o los decretos de vivienda

Antes de acordar no batallar por esos cientos de euros que creen que el casero les ha “robado”, David estuvo pensando recurrir al Sindicato de Inquilinas. En su web, la organización dedicada un artículo a las dudas generadas por la entrada en vigor de esta tasa. “Es cierto que el propietario puede repercutir la cuota sobre las inquilinas, pero solo si se cumplen dos condiciones, ambas necesarias: que se haya pactado expresamente en el contrato de alquiler y que el contrato además especifique el importe anual de la tasa”, indican. La segunda de ellas no encuentra el mismo consenso que la primera entre las fuentes consultadas por este medio. En la Sentencia 1637/2025, el Tribunal Supremo determinó que la tasa de basuras es un gasto individualizado de la vivienda. Por tanto, no sería obligatorio que conste el importe exacto anual en el contrato en el momento de la firma para que la cláusula sea válida, siempre que exista el acuerdo expreso.

Es decir, la tasa debe aparecer especificada en el contrato, pero este precedente despeja el camino a que no sea preciso indicar un importe concreto o aproximado. Incluso así, el casero de David no contaba con justificación legal alguna para imponer que se la abonaran. “Puedes negarte a pagarlo argumentándolo legalmente. En este caso, recomendamos hacerlo siempre por algún medio escrito para dejar constancia de los motivos de la negación”, aconseja el Sindicato ante esa coyuntura, además de afiliarse a la organización para desarrollar “estrategias para defendernos”. Para nuevos contratos, animan a negociar en la medida de lo posible. Y si no hay margen, “tener claro que la omisión de la tasa nos favorece, haciendo que podamos defender la inaplicabilidad de la cláusula”. Esto es, sacar partido a los descuidos del propietario.

Los inquilinos cuentan con una herramienta añadida en uno de los decretos de vivienda aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 6 de octubre. En lo que respecta a la renovación de contratos, otorga una vía para no introducir nuevas obligaciones al inquilino, pero vigente solo en unas zonas tensionadas que las administraciones madrileñas se niegan a declarar: “En ningún caso podrán fijarse nuevas condiciones contractuales que supongan la repercusión al arrendatario de cuotas, gastos generales, servicios, impuestos, tasas, cánones, contribuciones especiales u otros conceptos análogos que no estuviesen recogidas en el contrato anterior”.

Otro punto referido a nuevos contratos se extiende, además de zonas tensionadas, a viviendas gestionadas por un gran tenedor (persona física o jurídica con más de diez inmuebles) y sí es, por tanto, aplicable a algunos inquilinos madrileños: “La renta pactada no podrá exceder del límite máximo del precio aplicable conforme al sistema de índices de precios de referencia atendiendo a las condiciones y características de la vivienda arrendada y del edificio en que se ubique, sin que, en ningún caso, puedan fijarse nuevas condiciones contractuales que supongan la repercusión al arrendatario de cuotas, gastos generales, servicios, impuestos, tasas, cánones, contribuciones especiales u otros conceptos análogos que, directa o indirectamente, impliquen superar el límite máximo de renta aplicable conforme al sistema de índices de precios de referencia”.

El Ayuntamiento no se posiciona ni en casos de abuso: “Se la pasamos al propietario. Hasta ahí”

El Sindicato de Inquilinas recuerda asimismo cómo la agencia tributaria del Ayuntamiento de Madrid ha apuntado que “con carácter general la persona obligada al pago es la propietaria del inmueble”. Pese a ello, la postura oficial del Consistorio tanto al preparar y anunciar el nuevo recibo como ante las consultas sobre el asunto de este diario es mucho más tibia. Al ser preguntados sobre si el Ejecutivo municipal se plantea publicar alguna guía oficial en la que los inquilinos puedan ampararse cuando los caseros pretendan imponerles el pago, o establecer canales de mediación para estas situaciones, desde el área de Economía y Hacienda son escuetos: “Nosotros se la pasamos al propietario, que es el titular. Hasta ahí”. El alcalde sí que ha declarado en repetidas ocasiones que hay circunstancias en las que los caseros lo pueden repercutir en los inquilinos.

La respuesta municipal no va más allá, quizá porque todo lo relacionado con la tasa ha sido ya un auténtico quebradero de cabeza para el equipo de Almeida. En marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estimó los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones contra la Ordenanza Fiscal 8/2024 del Ayuntamiento de Madrid y la declaró nula de pleno derecho. La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo entiende que se produjo “una infracción sustancial de las normas” al omitir durante el trámite de información pública parte esencial del informe técnico-económico que servía de base para la determinación de la tasa. En concreto, no se incorporaron ni publicaron los anexos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas, a juicio de la Sala imprescindibles para comprender y fiscalizar la cuantificación del tributo.

El fallo judicial abre la puerta a que las 130.000 personas que reclamaron en su día puedan obtener su devolución, aunque para ello la sentencia tendrá que ser firme y actualmente el Tribunal Supremo estudia el último recurso del Ayuntamiento para evitar la anulación. Las personas que no se sumaron a la reclamación no podrán beneficiarse en ningún caso. “Mi casero ya podría haberlo hecho antes de obligarnos a pagar. Nos lo habríamos ahorrado los dos”, lamenta David.

Almeida se ha zafado de las críticas por este laberinto legal argumentando que la tasa ha sido impuesta por instancias superiores, apuntando al Gobierno central, aunque el Ejecutivo de Pedro Sánchez sostiene que solo traspone una normativa comunitaria. En muchos municipios pagos similares ya estaban vigentes, con mecanismos más afinados que no han desembocado en cálculos tan polémicos. Es el caso de Rivas, donde la existencia de una empresa pública de basuras o un reciclaje proporcionalmente mayor repercuten en una tasa media un 60% inferior a la de la capital: 55 euros por 141.

Tendrían que solicitar la declaración de zonas tensionadas en la ciudad de Madrid, algo a lo que siempre se han negado [en el Ayuntamiento]. Prefieren proteger los intereses del mercado y el privilegio de unos pocos

Sara Ladra, edil de Más Madrid, planteó la cuestión en la comisión municipal de Hacienda el pasado martes. “¿Van a seguir incumpliendo la ley o aplicarán el Real Decreto que prohíbe repercutir a los inquilinos de zonas tensionadas impuestos vinculados a la vivienda?”, inquirió a la edil del ramo, Engracia Hidalgo. “Si quisieran cumplir la legalidad y aliviar la carga que soporta la gente trabajadora, hubieran incluido los cambios oportunos en las ordenanzas fiscales de 2027 para impedir que los propietarios trasladen tasa de basuras o IBI a sus inquilinos, pero no lo han hecho. También tendrían que solicitar la declaración de zonas tensionadas en la ciudad de Madrid, como ya lo han hecho más de 317 municipios en España, algo a lo que siempre se han negado. Prefieren proteger los intereses del mercado y el privilegio de unos pocos”, criticó Ladra. Hidalgo rechazó de nuevo cualquier actuación encaminada a amparar a los inquilinos.

Los caseros que cargan la tasa de basuras en los residentes, con amparo legal o sin él, verán cómo en paralelo consiguen un ahorro por importes en algunos casos similares gracias a la rebaja del IBI recientemente anunciada por Almeida. El Impuesto de Bienes Inmuebles quedará en el 0,4%, el mínimo legal y el nivel más bajo de todo el país junto a Santander y Zaragoza, para una cifra media de 143 euros (aunque sensiblemente mayor en los inmuebles más caros, también los que más disminuirán). Con ello, la recaudación bajará en 31 millones de euros hasta los 245, mientras este año la de la tasa de basuras ha subido siete hasta los 303 millones. No habrá tampoco gravamen más elevado a dueños de pisos turísticos, como permite la legislación nacional. Preguntado por si el propietario les ha planteado reducir el alquiler o no subirlo cuando toque gracias a esta medida, David se ríe: “No tenía ni idea, pero ya te digo que no va a pasar”.

El polémico caso del Plan Vive

Pero la tasa de basuras no solo llega a quienes soportan un alquiler debido a la avaricia de los caseros. La coyuntura se da también en programas de vivienda impulsados por administraciones públicas como la Comunidad de Madrid. Paradigmático es el caso del Plan Vive, iniciativa público-privada de alquiler asequible en la que el Gobierno regional cede suelo público a empresas privadas para construir y gestionar viviendas con rentas hasta un 30% más baratas que las de mercado. Sergio Montero, presidente de la Asociación de Inquilinos del Plan Vive y vecino de una promoción de Valdebebas, lleva meses denunciando que este modelo de “privatización al uso” se ve lastrado porque el Ejecutivo autonómico “no pone coto a la gestión tributaria o el modelo de explotación de las compañías”.

Denunciar es un camino largo y costoso en un contexto, el del alquiler, donde el tiempo siempre juega en contra. Es muy posible que en cinco años no se resuelva nada y probablemente ya no seguirás en la vivienda cuando pasen

Así, aunque viven en un suelo de titularidad pública, deben afrontar una fuerte carga impositiva que incluye el IBI o los gastos de comunidad mientras “la concesionaria no paga nada”. Respecto a la tasa de basuras, Sergio explica que “todo lo generado en la superficie no ya de las casas, sino del bloque en su conjunto, se divide entre los vecinos”. Esto, dice, genera “un nivel de vulnerabilidad muy grande”. El decreto de vivienda mitigará esta situación, ya que prohíbe que gastos extra como garaje o trastero impliquen una subida extra sobre el precio inicial de la vivienda que acabe suponiendo un esfuerzo mayor del 30 o 35% de los ingresos para inquilinos de planes asequibles.

“La mayor parte de gente llega un poco engañada. La Comunidad de Madrid pone su cara como comercializadora y cuando empiezan a llegar notificaciones de una empresa privada salta la liebre. Tenemos un borrador de contrato que podemos ver sin todos los importes y luego tenemos 48 horas para consultar el que está completo antes de firmar. A eso hay que añadir que el 90 o 95% de inquilinos no pueden ver su piso antes de entrar”, alerta Sergio.

Apunta por último una circunstancia compartida por todos los arrendatarios y que explica la complejidad de llevar todas estas situaciones a la vía jurídica o administrativa: “Denunciar es un camino largo y costoso en un contexto, el del alquiler, donde el tiempo siempre juega en contra. Es muy posible que en cinco años no se resuelva nada y probablemente ya no seguirás en la vivienda cuando pasen”. Una circunstancia que los propietarios aprovechan mientras él, como David, solo pretende “estar salvaguardado” en su casa.