El Gobierno de Navarra multa con 16.500 euros a una persona que alquilaba su VPO como alojamiento turístico
El Departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra ha iniciado un expediente sancionador, con una propuesta de multa de 16.499,50 euros, por la utilización indebida de una vivienda de protección oficial en la Comarca de Pamplona como alojamiento turístico, “una práctica expresamente prohibida por la normativa vigente”, recuerdan desde el Ejecutivo foral.
La actuación se inició tras detectar que la vivienda se anunciaba en una conocida plataforma de alquileres vacacionales como apartamento turístico. “Las comprobaciones realizadas confirmaron que el inmueble no figuraba inscrito en el Registro de Turismo de Navarra pero que se ofertaba como alojamiento turístico desde, al menos, el año 2023”, explica el Despartamento de Vivienda.
El alquiler de una VPO para uso turístico es una infracción grave según la Ley Foral del Derecho a la Vivienda en Navarra, que establece que las viviendas protegidas se tienen que destinar “a domicilio habitual y permanente”. Por ello, el Gobierno navarro ha iniciado el expediente sancionador a la persona titular de la vivienda, con una propuesta de multa de 16.499,50 euros, dentro del rango previsto para este tipo de infracciones, entre 3.001 y 30.000 euros.
“Las viviendas protegidas tienen como finalidad facilitar el acceso a la vivienda a precios asequibles, por lo que están sujetas a unas condiciones específicas que regulan su uso, transmisión y alquiler”, informan desde el Departamento.
La principal obligación es que la vivienda tiene que utilizarse como domicilio habitual y permanente, no puede utilizarse como segunda residencia ni mantenerse vacía de forma prolongada sin causa justificada. Además, no se puede destinar a usos turísticos. Esto incluye tanto alquilar la vivienda completa como ofrecer habitaciones en plataformas de alquiler vacacional.
No obstante, el alquiler completo o por habitaciones de una vivienda protegida sí que es posible, pero hay que respetar los límites de precios fijados para las VPO, asegurarse que siempre se usa como domicilio habitual y que la persona inquilina cumple con los requisitos para acceder a la vivienda protegida, así como solicitar la autorización de la Dirección General de Vivienda.
Las viviendas protegidas también se pueden vender, pero al igual que en el alquiler, es necesario cumplir con todos los requisitos que marca la legislación. Asimismo, se pueden donar, intercambiar e incluso ceder temporalmente para que la ocupe un familiar. Para todos estos casos, es necesario contar con la autorización de la Dirección General de Vivienda.