La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Mallorca que el 10 de julio de 2019 condenó al expresidente del Gobierno balear Jaume Matas a diez meses de prisión y diez años de inhabilitación especial para cargo público por delito de tráfico de influencias y como inductor de delitos de prevaricación continuada y fraude a la Administración por el intento de amaño para adjudicar a la constructora OHL la construcción de la mayor infraestructura pública impulsada en Baleares durante la legislatura de 2003-2007, el hospital de Son Espases.
Matas recurrió al Supremo sólo su condena por el delito de tráfico de influencias (de seis meses de prisión y tres años de inhabilitación). El Alto Tribunal desestima íntegramente sus alegaciones y subraya que, de acuerdo a los hechos probados, el acusado se aseguró la cercanía de personas de su confianza en el proceso de adjudicación por concurso del proyecto de construcción del hospital que había sido anunciada por él ya desde su campaña electoral, con el objetivo de beneficiar a una determinada empresa adjudicándole el proyecto de construcción del hospital.
Con ese mismo fin, recuerdan los magistrados, para asegurar su control e influir en el proceso de adjudicación de la obra, dio la orden de contratar a la consultora Global PM “prescindiendo de las normas de procedimiento y con el fin de que fuera ella quien llevara a la Mesa de Contratación las valoraciones de las ofertas de los licitadores”, contratación que se hizo a espaldas de la Mesa de Contratación.
Para el Supremo, el hecho probado describe “la presión moral y jerárquica” que Matas ejerció sobre sus subordinados, la exconsejera de Salud Ana Castillo y el director general del Instituto Balear de Salud Joaquín Sergio Beltrán, y como la actividad de los tres estaban encaminadas “a obtener de la Mesa una propuesta que fuera coherente con la decisión final del órgano de contratación”.
Informa Elena Herrera.