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La orden de Castilla-La Mancha que obliga a cumplir aislamientos por COVID no requiere ratificación judicial
No será necesaria la ratificación judicial de la orden de la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha por la cual se establecen medidas especiales en materia de salud pública para el control del cumplimiento de las obligaciones de aislamientos o cuarentenas impuestas a particulares y destinadas a la contención de la expansión de la COVID-19. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) establece que esta medida no implica restricción de derechos fundamentales puesto que no se establece para una población ni un ámbito geográfico concreto. Entre las medidas incorporadas a esta orden está la cesión de datos de personas en aislamiento a fuerzas policiales. De hecho, el Ejecutivo establece en el texto que la autoridad sanitaria consultará al gabinete jurídico cuando esta comunicación de datos pueda vulnerar derechos de las personas afectadas.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia ha emitido un auto en el que establece, sin entrar en valorar el fondo ni el contenido de la orden, que la regulación de medidas se realiza en el ámbito de Castilla-La Mancha “de manera general y genérica”, estableciendo unas obligaciones de los ciudadanos en situaciones de aislamiento y cuarentena por razones de salud pública.
Lo cuenta Alicia Avilés Pozo.