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Los vehículos que pueden seguir circulando ante el estado de alarma: los de distribución de medicamentos y alimentos o los de auxilio en carretera
El Gobierno ha regulado el tipo de vehículos y transportes que podrán seguir circulando por las carreteras en el supuesto de que se acuerde el cierre de alguna vía o tramo de vía en virtud del estado de alarma y las medidas de restricción de movilidad de los ciudadanos adoptadas para contener la expansión del coronavirus, informa Europa Press.
Entre la docena de tipos de vehículos que podrán seguir circulando figuran los de distribución de medicamentos y alimentos, el transporte de combustible, los de Correos, los fúnebres o los de auxilio en carretera, entre otros.
Así lo fija la orden del Ministerio del Interior que publica este sábado el BOE por la que se desarrolla lo establecido el Decreto de estado de alarma en materia de tráfico y circulación de vehículos.