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El futuro del Algarrobico se juega en la 'sala del 77' del TSJA

El presidente del TSJA, Lorenzo del Río, será uno de los 14 magistrados que decidirá si hay causa legal para recusar a los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Adminstrativo / EFE.

Javier Ramajo

¿Deben los magistrados del TSJA que declararon en marzo urbanizable el suelo donde se contruyó el hotel El Algarrobico decidir ahora sobre si fue legal la licencia de obras que permitió en 2003 levantar el establecimiento? Aquella sentencia, que resolvió el recurso de la promotora del hotel (Azata del Sol), entró en contradicción con anteriores sentencias del TSJA y del Tribunal Supremo. Los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo que la dictaron se enfrentan a una recusación, defendida por ecologistas y Junta de Andalucía, a una queja que ya estudia el CGPJ y a una querella criminal por presunta prevaricación también interpuesta por el colectivo ecologista Salvemos Mojácar.

Desde que se paralizaran las obras del hotel hace ya ocho años, todos los fallos judiciales han insistido en que El Algarrobico es un hotel ilegal que invade zonas protegidas del paraje natural de Cabo de Gata-Níjar. El TSJA acaba de admitir a trámite la recusación para apartar del procedimiento a Rafael Toledano Cantero, presidente de la sala de lo Contencioso-Administrativo, Jorge Muñoz Cortés y María R. Torres Donaire, que este pasado marzo contradijeron con su sentencia el fallo de junio de 2012 que consideraba ilegal que el hotel se construyera en el lugar donde sigue en pie.

La sala de recusación del TSJA que estudiará el caso del Algarrobico se denomina 'sala del 77' (llamada así porque es el artículo 77 de la Ley Órganica del Poder Judicial el que lo regula) y se forma cuando se recusa a dos o más magistrados o cuando es sólo un recusado pero es presidente de audiencia provincial. Todas las recusaciones se tramitan, es decir, no se admiten, siempre se tramitan, explican fuentes del TSJA. Cuando llega el escrito de recusación, que se presenta en la misma sala o audiencia donde están los recusados, se designa un instructor que recaba informes de los recusados y de las partes que hayan pedido la recusación.

Esta sala está formada por todos los presidentes de sala (en Andalucía son siete: tres presidentes de lo Social -Málaga, Granada y Almería-, tres de lo Contencioso-Administrativo -en las mismas ciudades- y el presidente del TSJA, que preside la 'sala del 77') y los magistrados más modernos de cada una de las salas, es decir, otros siete.

En total, 14 magistrados decidirán si admiten o no la recusación, si consideran que hay causa legal para ello. Se prevé que la 'sala del 77' se reúna en dos o tres semanas para ver la recusación del Algarrobico. Posteriores serán, previsiblemente, las resoluciones del CGPJ y del Supremo, según estima el TSJA. Las reuniones de esta sala son frecuentes (aproximadamente una docena cada año), si bien respecto al caso del Algarrobico aún está por decidir incluso el ponente que decidirá a través de un auto.

Cambio de sala

La cuestión principal de los diferentes frentes abiertos (TSJA, CGPJ y Supremo) contra la participación de estos magistrados en la esperada sentencia sobre la licencia de obras del hotel reside en el cambio de la sala encargada de estudiar los asuntos referentes al Algarrobico, acordado internamente en febrero. Antes se encargaba la Sección Primera y ahora es la Sección Tercera, la recusada. Fuentes judiciales defienden que el cambio de criterio respecto al análisis del suelo donde se contruyó el hotel no se adoptó por que sea una sala distinta la que estudia el caso sino que obedeció a que, tras la presentación del recurso de la promotora, se contó con nuevos informes que depararon una sentencia en diferente sentido.

Paralelamamente a la discusión sobre la urbanización del suelo discurre la sentencia, aún sin dictar, sobre la licencia de obras que concedió al Ayuntamiento de Carboneras, anulada por un juzgado almeriense allá por 2008. La Sección Tercera debía decidir sobre esta cuestión, dadas las “normas de reparto” antes mencionadas, pero ha quedado “paralizada” en tanto en cuanto no se resuelva la recusación planteada por los ecologistas y el Gobierno andaluz.

La Junta argumenta ante el TSJA que el simple hecho de tener interpuesta una querella en el Supremo por presunta prevaricación contra los magistrados de la Sección Tercera es ya suficiente para apartarlos del asunto. Por su parte, la Abogacía del Estado se ha opuesto a la recusación al interpretar que la jurisprudencia del Supremo dice que se tiene que admitir a trámite la querella, algo que “no consta”, apuntando también que la querella se formuló después de haberse tramitado el rollo de apelación contra la referida sentencia de 2008 que anuló la licencia de obras.

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