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El Supremo absuelve a un hombre condenado por gastarse una indemnización

El Supremo absuelve a un hombre condenado por gastarse una indemnización

EFE

Madrid —

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El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que había sido condenado a tres años de cárcel por apropiación indebida al haberse gastado una indemnización por accidente de 95.559 euros que le adjudicó un tribunal y que luego le retiró la instancia superior.

“El acusado tenía derecho a disponer de la suma indemnizatoria recibida como consecuencia del siniestro de tráfico del que fue víctima, sin perjuicio de que en un futuro tuviera que abonar a la compañía aseguradora la misma cantidad en el caso” de que la instancia superior revocara el fallo que le concedió ese derecho, dice el Supremo.

Es decir, el alto tribunal considera que, si bien el condenado está obligado a devolver el dinero, no debió ser nunca condenado a tres años de prisión por apropiación indebida, como dictó la Audiencia de Lugo, por haberlo gastado cuando el proceso aún estaba en marcha.

José F.F. sufrió un accidente en 2004 y un Juzgado de Monforte (Lugo) le concedió el derecho a cobrar una indemnización de 48.727 euros, una sentencia que recurrió la aseguradora, AIG Europe. El luego condenado pidió la ejecución de la sentencia y el juzgado le adjudicó la cantidad consignada durante el proceso (de 95.559 euros).

La Audiencia revocó finalmente la concesión de la indemnización y, ante ello, la aseguradora solicitó la recuperación del dinero, lo que resultó imposible. De ese modo, se condenó a José F.F. por apropiación indebida.

Ahora el Supremo responde que “el acusado sí tenía la obligación de entregar una cantidad de dinero igual a la recibida en el caso de que la Audiencia Provincial revocara la sentencia”, pero esto no significa que si se le entregó el dinero estuviera obligado a no utilizarlo. Por esta razón, el Supremo cambia la sentencia recurrida y absuelve al condenado.

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