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El Tribunal de Cuentas cuestiona los créditos extraordinarios de Defensa para financiar programas de armamento

El Tribunal de Cuentas cuestiona los créditos extraordinarios de Defensa para financiar programas de armamento

EUROPA PRESS

MADRID —

Esta es una de las principales conclusiones a las que llega el órgano fiscalizador en su informe sobre la financiación extraordinaria de estos proyectos entre los años 2012 y 2014, es decir, bajo Gobierno de Mariano Rajoy y con Pedro Morenés al frente de Defensa.

El informe, recogido por Europa Press, explica que estos créditos extraordinarios, que la oposición siempre ha criticado, se utilizan para paliar las “negativas consecuencias de las drásticas reducciones presupuestarias” registradas entre 2009 y 2011 y que afectaron “gravemente” a los programas especiales de armamento (PEAs).

“Sin embargo la situación jurídico financiera de los PEAs no era, ni es, en absoluto desconocida ni imprevisible, sino todo lo contrario. Este tipo de programas se planifican y desarrollan a largo

plazo (en muchos casos se trata de desarrollos que se inician a finales de la década de los 90 y principios de la siguiente) e implican la asunción de compromisos contractuales concretos, tanto a

nivel nacional como internacional, planificados en el tiempo y autorizados por el Consejo de Ministros“, reza el texto.

Es más, el órgano que preside Ramón Álvarez de Miranda, sostiene que, pese a que el Ministerio de Defensa tiene en cuenta esta circunstancia “año tras año” a la hora de elaborar su proyecto de Presupuesto, “en el que solicitan los créditos necesarios para satisfacer sus compromisos”, las leyes presupuestarias que aprueba el Ministerio de Hacienda no proceden a dotarlos de financiación desde 2012.

LA JUSTIFICACIÓN NO ES “CONSISTENTE”

Por eso, concluye que “la financiación a través de créditos extraordinarios” de estos programas “se ha convertido en una

situación presupuestaria estructural en defecto de una presupuestación realista ajustada a los compromisos conocidos por el Gobierno“.

Estas modificaciones presupuestarias, a pesar de que se refieren a operaciones no financieras del presupuesto, se financian mediante la emisión de deuda pública y no con cargo al Fondo de Contingencia. El Tribunal de Cuentas añade que “la justificación de la vía de financiación de estas modificaciones no es clara y consistente”.

NO HAY UNA “URGENTE NECESIDAD”

En este contexto, reseña que unas veces el Gobierno apela a la “ausencia de impacto en la capacidad de financiación del Estado, en otras a la insuficiencia del Fondo de Contingencia y en otras a las discrecionalidad y previsibilidad de las obligaciones a satisfacer”.

Además, establece una diferencia entre los créditos de 2013 y 2014 y los de 2012, ya que con este último se dotaba de cobertura financiera a obligaciones de ejercicios anteriores, pero en los dos siguientes se financiaron obligaciones del propio ejercicio.

“Ello --destaca el informe-- supone que en parte se trata de atender obligaciones correspondientes al ejercicio corriente, que en

ocasiones ni siquiera han nacido con anterioridad a la concesión del crédito extraordinario“, con lo que ”difícilmente se da una situación de grave perjuicio a proveedores que pudiera justificar una intervención de extraordinaria y urgente necesidad“ que es la que debe justificar el recurrir a créditos extraordinarios.

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