La fuerza de los prejuicios
La primera escena se desarrolla en una sala de espera. Todas las salas de espera conllevan un punto de inquietud; ésta, en unos Juzgados, eleva ese punto.
Pasan las horas. Van entrando en la sala del juicio las personas que aguardan por sus diferentes casos. Son ya pocos los que quedan: una pareja joven, otra pareja de edades muy diferentes… La inquietud se exacerba.
El hombre de la pareja joven se acerca a la pareja más dispareja y les pregunta si están allí para un juicio cuya referencia les da. La respuesta es afirmativa. Entonces mira al hombre que tiene delante y su reacción es inmediata: “¡Pero tú no eres!”.
No era una frase cualquiera. Quería decir que aquel hombre no era la persona a la que la joven había denunciado. No era quien aparecía en los vídeos. No era quien, según la denuncia, llevaba tiempo acosándola en la calle de su casa y amenazando a sus hijos.
En esas se abre la puerta de la sala de vistas y el secretario pide a la denunciante y al denunciado que pasen.
Segunda escena: la jueza advierte que algo raro pasa y les pregunta. La joven dice de inmediato que ella no conoce de nada a ese señor que aparece como denunciado; que ella ha denunciado a una persona que la acosa constantemente en la calle de su casa, que amenaza a sus hijos; que en la denuncia aportó vídeos con imágenes del acosador, y muestra algunos, cuyo nombre y datos personales desconoce.
La persona que aparece en esos vídeos es manifiestamente distinta del señor al que han citado como acusado: más grueso, más bajo, más mayor.
Una cierta estupefacción se instala durante algunos instantes, rota por una observación aparentemente banal de la fiscal: “pero si se le pone una gorra podrían ser la misma persona”.
La frase, precisamente por su banalidad, resultaba inquietante. Porque no explicaba el error: lo revelaba. Porque el error no nació de un parecido verdadero, sino de una mirada que no quiso o no supo distinguir. Allí donde debía haberse comprobado con rigor, se dio por buena una semejanza débil, sostenida por prejuicios. Y esa forma de mirar puede arruinar la vida de una persona.
La jueza reacciona con la solvencia debida. Pide perdón al acusado por el error y por la humillación innecesaria a la que se le ha sometido. Indica que va a averiguar cómo ha podido cometerse esa equivocación. Y manifiesta que no procede celebrar juicio.
Atrás quedan semanas de inquietud para el acusado. Semanas en las que nunca pudo averiguar por qué se le acusaba. Nadie le llamó o se interesó por identificarle. Sólo recibió una notificación escrita de citación. Se le han generado unos antecedentes policiales que en nada le ayudarán a futuro. Y queda además la sensación, difícil de reparar, de haber sido tratado como sospechoso antes de que nadie comprobara si realmente lo era.
Aguarda algo más que una mera disculpa formal, por sincera y de corazón que fuera.
Atrás quedan también meses de inquietud en la familia objeto de acoso. Una familia que pensaba que el juicio podía empezar a resolver la situación que envuelve su vida diaria, y que ahora ha de reemprender el proceso con el que trata de evitar la continuidad de esa angustia cotidiana en la que vive.
Porque el error no sólo ha dañado al hombre citado injustamente. También ha dejado sin respuesta a quienes buscaban protección.
¿Pero en qué se parecen el supuesto autor del acoso y el acusado?
Ambos son negros.
Y ambos son personas de escasos recursos.
Uno de ellos, el denunciado, se ha esforzado aprendiendo, adquiriendo las certificaciones profesionales que le ilusionaban, dando pasos sólidos en un trabajo que ya le permite ganarse la vida dignamente, haciendo trabajos peligrosos e incómodos que pocos españoles quieren.
El segundo, el acosador, perdido probablemente entre la pobreza y los desequilibrios mentales.
¿Cómo se ha podido producir ese error en nuestro sistema judicial?
Procedimientos de verificación desatendidos o resueltos a la ligera. Ausencia de rigor por las personas que debieron proporcionar la filiación del acusado. Prejuicios. Ignorancia. Refugio en banalidades. Comportamientos todos ellos nada honorables cuando lo que está en juego es la supervivencia, la dignidad y la calidad de vida de varias personas.
Porque cuando el prejuicio sustituye a la comprobación, el daño no es un accidente: es una forma de injusticia.
Escenas en Juzgados de Sevilla. Primavera de 2026.