Una reflexión en el 35 aniversario de la Constitución
Como muchos de mi generación empecé a tener conciencia política en los años de la transición; Al año siguiente de su aprobación inicie los estudios de derecho; Los profesores de derecho político o constitucional nos la hicieron estudiar haciendo un análisis o exegesis de cada uno de sus artículos.
En relación con los derechos fundamentales y libertades públicas que recoge en el Titulo I se consideraba por la doctrina científica como muy avanzada, en relación con otras Constituciones de países de nuestro círculo de cultura.
A lo largo de estos treinta y cinco años como muchos conciudadanos he sufrido de los poderes públicos ? Administración y Tribunales ? su vulneración en el ejercicio de derechos constitucionales, teniendo que luchar en más de una ocasión contra usos, abusos y corruptelas de los que han ostentado el poder en los diferentes ámbitos, exigiéndoles su cumplimiento efectivo.
En cuanto a la participación en la vida pública y política de la ciudadanía se configura por un lado por medio de partidos políticos a través de los cuales los ciudadanos eligen a sus representantes y como derecho fundamental a participar en condiciones de igualdad en los empleos y cargos públicos.
Aunque se dice en el art. 6 que “los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.”
En el tiempo se echa en falta la democracia interna en la mayoría de ellos, y apenas existe militancia política. Tampoco se ha resuelto el tema de su financiación, viéndose en toda la geografía dirigentes de Partidos envueltos en casos de corrupción política en Administraciones donde gobiernan.
El sistema electoral favorece a los partidos mayoritarios centralistas. Las minorías donde suele militar la gente más participativa no alcanzan representación parlamentaria.
La mayoría de la ciudadanía no participa en la vida pública a través de partidos y la abstención en el momento de emitir el voto en las elecciones de representantes políticos, a tenor de las últimas elecciones no ha disminuido, cifrándose en un 28%. En las generales y 33% en las municipales.
En cuanto al resto de instituciones, la Corona no se ha adaptado a la propia Constitución. El principio de igualdad que se consagra como derecho fundamental del individuo en el art.14 no se ha incorporado a su Título en lo relativo a la igualdad del hombre y la mujer en materia sucesoria; ni la normativa que debe desarrollarla se ha elaborado. Aquí el mecanismo rígido de reforma del Título II que la regula para blindarla y protégela, se convierte en un obstáculo en su contra a la hora de su reforma.
En los últimos años se ha desprestigiado considerablemente al verse encartados miembros de la familia real en casos de corrupción económica. Como miembros de la Casa Real en vez de trabajar por ganarse día a día el respeto la consideración y aceptación de todos, con sus conductas durante años se han ganado el desprecio, el descredito, rechazo y repudio de muchos, viéndosele un futuro para La Corona no muy prometedor.
La organización territorial aparece en crisis; En partes del territorio, las más desarrolladas económicamente, un importante sector de la población amparándose en los art. 16 que garantiza la libertad ideológica y el art.20.1ª, que consagra la libertad pensamiento, ideas y opiniones, reclaman por la vía democrática la independencia política para su población y territorio con la creación de un Estado soberano e independiente con su propia Constitución, a lo que se oponen los partidos centralistas mayoritarios en las cámaras, utilizando para ello todos los recursos a su alcance, unos negando tal derecho y otros buscando otras vías como la del Estado Federal.
Actualmente existe en marcha en Cataluña un proceso constituyente, del que apenas se hacen eco los medios de comunicación a nivel nacional, ocultando una realidad evidente que apoya una gran parte de la población catalana y los partidos que la representan.
En el ámbito de la Administración Local, con la crisis, se está poniendo en juicio la eficiencia de la organización territorial reclamándose la fusión o absorción de muchos municipios por otros colindantes a fin de disminuir su número y con ello la reducción del gasto público.
En el ámbito legislativo en este periodo, los legisladores ha redactado muchas leyes para desarrollo y cumplimiento efectivo de la Constitución, que se han mejorado en el tiempo, algunas la que menos consensuadas y las que no reformadas y cambiadas en función de la ideología del partido que gobierna en cada momento, pero han existido lagunas legales sobre importantes materias faltas de regulación para proteger al sistema, sobre todo en el plano económico y en el financiero, tanto en el ámbito público con el control y fiscalización del gasto público y de la gestión económico financiera de las distintas Administraciones Públicas, como en el sector privado, especialmente en los recursos de la banca y de las instituciones financieras, generando corrupción política y económica en distintos ámbitos, sirviéndole de soporte la contratación de obras públicas millonarias y la prestación de servicios públicos en las distintas administraciones, con un endeudamiento generalizado con el exterior para hacer frente a dichos gastos, generándose obligaciones de pago de intereses millonarios, que han llevado al país a una crisis económica y social que pone en peligro el sistema democrático propio del Estado Social y Democrático de Derecho que se proclama en su art. 1 y que tanto nos costó alcanzar, después de salir de 40 años de dictadura, configurándose actualmente el desempleo, la corrupción y el fraude como los tres principales problemas que preocupan a la mayoría de la ciudadanía.
Esto ha tenido su consecuencia en la vulneración de derechos fundamentales de la persona y de las familias, en concreto del art.10 donde se establece:
“La dignidad de la persona los derechos inviolables que le son inherentes, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son el fundamento del orden político y de la paz social.”
Cuando a un ciudadano no se le respetan sus derechos, y afectan tales vulneraciones a su dignidad como persona, a la de su familia; cuando se cambian las leyes laborales y sociales sin previo aviso, favoreciendo claramente a grupos minoritarios, a la banca, a las grandes empresas, que han aumentado sus beneficios con la crisis, y cuando como consecuencia de ello por parte de los conciudadanos se pierde el puesto de trabajo de tantos años, donde dejaron su juventud, su vida, cuando se pierde la vivienda que tanto le costó adquirirla; cuando no se pueden satisfacer las necesidades familiares por falta de empleo, de recursos, de ingresos, dependiendo ante la desprotección del Estado que se dice social y democrático de derecho, de la ayuda de terceros, de la caridad, de la filantropía y cuando esto no afecta a una persona, sino a miles de ciudadanos, que pueden esperar los gobernantes de la ciudadanía, cuando son ellos los que con su actuación han puesto en peligro la paz social.
Si el Estado no respeta las normas, ni garantiza en el tiempo la seguridad jurídica reformando leyes sorpresivamente, cualquier reacción del individuo frente al Estado ante tales comportamientos es imprevisible y está justificado.
En la Constitución se consagran en su Título I derechos con el rango de fundamentales del individuo como persona, reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, vigentes en cualquier lugar y de los que son titulares cualquier persona por el hecho de serlo, entre otros la libertad de conciencia, la libertad ideológica del individuo, de pensamiento, de expresión, de manifestación, de participación en condiciones de igualdad, con la trascendencia que ello tiene dentro de una sociedad democrática y participativa.
Cuando se vulnera por los poderes públicos en su actuación tales derechos fundamentales para conseguir el afectado su reparación y restitución, tienes que sufrir un peregrinaje procesal y judicial de años que un ciudadano normal no está en condiciones de soportar.
No existen mecanismos de reparación inmediatos, eficientes y efectivos que remuevan los obstáculos para alcanzar su reconocimiento y plenitud.
Es más se ponen obstáculos que dificultan la inmediata de la reparación.
Para defender un derecho fundamental, y la propia Constitución, si tienes que llegar al Tribunal Constitucional, previamente se han de saltar numerosos recursos ante los Tribunales ordinarios, agotando todas las vías hasta llegar a él, ni no se reconoce antes en ese camino, exigiéndote el pago de tasas y depósitos para recurrir, además de costear los gastos del proceso.
La Constitución como toda norma ex novo, al principio la mayoría de los juristas ejercientes no la conocían; Tanto los Jueces y Magistrados que conformaban los Tribunales, como los Abogados ejercientes procedían de las Universidades donde bebieron de las fuentes normativas del régimen franquista y tuvieron que reciclarse durante años para lograr el pleno conocimiento de los principios constitucionales, estudiándola, así como las normas que la desarrollaban; Hoy después con 35 años de vigencia, y de aplicación práctica, creándose jurisprudencia fruto de su aplicación, podemos decir que ya en los Juzgados y Tribunales Superiores han llegado generaciones de Juristas que se han formado durante su vigencia, que deben velar por su cumplimiento efectivo cada día, aun cuando todavía quedan ejerciendo, sobre todo situadas en la cúspide de poder, personas marcadas por la formación ideológica recibida del régimen franquista, a los que a pesar del tiempo transcurrido les cuesta asumir la vigencia de determinados principios constitucionales de obligado cumplimiento.
Por último me refiero a la participación de los grupos sociales y políticos en los medios de comunicación social en su labor de efectuar la formación de la ciudadanía y en la crítica política, conforme al art.20.3. Existiendo la libertad de expresión y de información como derechos fundamentales, la prensa escrita, la radio y la TV están o desapareciendo o pasando a ser controlados por grupos de presión políticos y económicos, (Mediaset, Atresmedia, entre otros y las TV públicas controladas por los gobiernos del Estado o de las CCAA) poniéndose en entredicho la existencia de una libertad de prensa real y efectiva, al no existir independencia y un pluralismo informativo, denunciándose periódicamente la manipulación informativa, echándose en falta en los medios debates de manera continuada, como existieron en los años de la transición política (?programas como “LA CLAVE” ? en la TV, 10 años en la 1º etapa y 3 años más después o “APUESTE POR UNA” 14 años en la radio pública), que instruyan a la ciudadanía, sobre todo a las nuevas generaciones y que la formen políticamente en relación con las diferentes opciones políticas representativas. Cada día se cierran medios o se adquieren por grupos económicos que los controlan, estando muchos al servicio de los partidos mayoritarios o de los grupos de poder económico dominantes.
Queda mucho por hacer; es necesario ser crítico y poner de manifiesto día a día los usos abusos y corruptelas que se comenten por los gobernantes y los defectos existentes en el ordenamiento jurídico y en el sistema en cuanto a la vigencia y respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, así como los principios rectores de la política social y económica propios de un Estado Social y Democrático de Derecho que se proclama en su art. 1 para alcanzar la plenitud de su vigencia, en la conciencia de que nunca se alcanzará plenamente, por lo que la lucha habrá de ser continua y permanente.
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