El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora
Constitución frente a paga de Navidad
Ya empezó el goteo, aunque algunos sindicatos ya anuncian que más que goteo, será saturación de los Registros de Entrada de sus respectivos departamentos. La batería de acciones emprendidas por los trabajadores públicos contra las medidas de recortes que afectan a sus derechos laborales se ha extendido ahora a la presentación en tromba de escritos reclamando al Estado que cumpla con la Constitución. Y no precisamente con la reforma que limitaba el techo del gasto, pactada por el PSOE y el PP en las postrimerías del Gobierno de Zapatero, sino a lo que recoge el artículo 9.3 de la Carta Magna, que impide la retroactividad “de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”. O sea, que el puteo no puede tener carácter retroactivo. ¿Y cómo encaja esto en las reclamaciones de los funcionarios? Pues muy sencillo, en la paga extra de Navidad anulada. Veamos: si el Real Decreto 20/2012, de medidas para “garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad” entró en vigor el 15 de julio de este año y el importe de la misma se devenga respecto a los doce meses del mismo, la Administración solo puede quedarse con la parte generada desde el 15 de julio hasta el 31 de diciembre. De ser aceptada la reclamación, los 5.000 millones que pretendía ahorrarse el Gobierno podrían reducirse aproximadamente a la mitad, lo que crearía un problema a las cuentas del Estado y de las autonomías. En el caso de Canarias, que no suprimió la paga extra sino que prorrateó el recorte en las nóminas, se notará menos en la tesorería, pero se notará.
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