El Constitucional obliga a investigar si un policía de Canarias fue maltratado mientras estaba en prisión preventiva

Cárcel de Salto del Negro, en Las Palmas de Gran Canaria, en una imagen de archivo

Alberto Pozas

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El Tribunal Constitucional ha decidido amparar a un agente de Policía Nacional de Las Palmas que pasó más de un año en prisión provisional acusado de participar con una red de narcotraficantes de cocaína antes de que se archivara el caso. La sala segunda del tribunal de garantías no ha tenido que debatir sobre las acusaciones de cobrar de los narcos que finalmente se archivaron, sino sobre las denuncias de tortura que el propio policía hizo desde su estancia en la cárcel canaria del Salto del Negro: el juzgado de Las Palmas que recibió esta denuncia no hizo una investigación eficaz para dilucidar si, efectivamente, recibió un trato degradante cuando fue detenido y encarcelado de forma preventiva.

Este agente pertenecía a la Policía Científica de la capital grancanaria cuando fue detenido y encarcelado en los primeros días de mayo de 2018. El juzgado que investigaba el caso, siguiendo el criterio de la Fiscalía, ordenó su ingreso en prisión provisional, acusándole de colaborar con una red de traficantes de cocaína que quería meter droga en las islas: dándoles información que sacaba de bases de datos policiales, aconsejándoles y, a cambio, cobrando dinero o recibiendo dádivas.

El policía salió de la cárcel un año y un mes después, tras pagar una fianza de 30.000 euros, y llegó a ser procesado por revelación de secretos aunque no por cohecho. El caso quedó resuelto el pasado mes de febrero, casi seis años después de la apertura del caso: el juzgado decretó el sobreseimiento libre a petición del mismo Ministerio Fiscal que había pedido su ingreso en prisión provisional.

Lo que llegó hasta el Constitucional fue su denuncia de malos tratos mientras estuvo detenido y encarcelado de forma preventiva. Su defensa denunció, entre otras cosas, que nada más ingresar en la cárcel del Salto del Negro un funcionario de la prisión le lanzó una advertencia: “Los policías no sois bien vistos entre los funcionarios de prisiones”. Más represalias y reproches llegaron cuando se quejó porque le denegaron varias peticiones de comunicación familiar, así como en quejas posteriores. Le dijeron que le iban “putear”, que les iban a poner a compartir patio con los presos comunes y, siempre según su denuncia, terminó siendo trasladado a una cárcel de Madrid.

Un juzgado de Canarias archivó su denuncia y sus reclamaciones han llegado hasta el Tribunal Constitucional, que ha decidido otorgarle amparo. La sala segunda, con Laura Díez como ponente y con el voto en contra de César Tolosa y Enrique Arnaldo, entiende que los juzgados y tribunales que estudiaron el caso “no realizaron una investigación exhaustiva y eficaz para esclarecer los hechos”, algo “constitucionalmente exigible en caso denuncias por malos tratos bajo custodia o en el contexto de actuaciones de agentes estatales”.

Los presuntos malos tratos durante su estancia en la cárcel, dice el Constitucional, “no fueron esclarecidos durante los procedimientos judiciales”. Ni el juzgado ni la Audiencia Provincial de Las Palmas accedieron a las diligencias que pidió: identificar a los funcionarios de prisiones y tomarles declaración así como tomar declaración a testigos de los supuestos malos tratos. Sus resoluciones ni siquiera motivaron la razón por la que rechazaban las diligencias. Sin embargo, al archivarlo, se emplazaron a la reapertura del caso si aparecían datos nuevos.

El Constitucional entiende que esta forma de actuar de los juzgados de Canarias ante las denuncias no investigadas de malos tratos en prisión vulneraron el derecho a la tutela judicial efectiva del policía nacional en relación con un segundo derecho, el de no ser sometido a torturas ni tratos inhumanos o degradantes. Dos magistrados del sector conservador entienden, sin embargo, que las quejas del agente venían de la “especial protección” que se da a los policías para evitar, sobre todo, que sean agredidos por presos comunes. Eso causó “problemas organizativos”, dicen, que de haber analizado el fondo del asunto podrían no haberse considerado tratos degradantes o inhumanos.

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