Las claves del nuevo programa de ayudas MOVES para vehículos alternativos

Coches eléctricos de Limonium y Oceanográfica. (ALEJANDRO RAMOS)

Efe

Madrid —

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado el Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES), que entra en vigor este domingo y que establece una serie de ayudas a la compra de vehículos alternativos para mejorar la calidad del aire de las ciudades y luchar contra el cambio climático.

A continuación se detallan las claves de este programa, que se aplicará junto a las comunidades autónomas, que tendrán un plazo de dos meses para ponerlo en marcha y que estará vigente hasta finales de 2019 o hasta que se agote la partida presupuestada.

1. PRESUPUESTO

- Está dotado inicialmente con 45.000.000 euros con cargo al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IADE), que será el que lo gestione en colaboración con las CCAA.

- Las ayudas serán cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (POPE), en aquellos casos en que las actuaciones respondan a las contempladas como financiables en dicho programa

2. ¿POR QUÉ SE APRUEBAN ESTAS AYUDAS AHORA, CUÁNDO HABÍA PRESUPUESTO EN 2018 Y NO SE APLICÓ?

- Porque para el Gobierno es necesario un transporte con menor consumo por pasajero/kilómetro, como la bicicleta o el colectivo público

- Porque hay que renovar el anticuado parque automovilístico español (la media es de 12 años) con vehículos alternativos, especialmente eléctricos y con el despliegue de su infraestructura de recarga para contribuir a una mayor electrificación del transporte.

- Porque han crecido las emisiones de CO2, el principal gas de efecto invernadero, el 4,4% en 2017 respecto al año anterior, lo que supone el mayor aumento interanual desde 2002.

- Porque para hacer frente al alza de las emisiones hay que reducir el consumo de los combustibles fósiles, lo que implica actuar sobre el sector del transporte, que consume el 42% de la energía en España (de ese total el transporte por carretera representa el 80%, con cerca de un 95% de dependencia de los derivados del petróleo).

3. ¿QUÉ SUBVENCIONA EL PROGRAMA MOVES?

- Actuación 1: la adquisición de vehículos de energías alternativas, para lo que es obligatorio el achatarramiento de un turismo (M1) de más de diez años. En el caso de que sea una furgoneta o camión ligero (N1) el que se entregue para achatarrar deberá tener más de siete años.

En ambos casos, deberán haber tenido en vigor la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) a la entrada en vigor de este real decreto.

- Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos para uso privado, público no residencial y para empresas

- Actuación 3: Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas (públicos o para empresas o polígonos industriales). El límite de ayudas es de 100.000 euros

- Actuación 4: Implantación de medidas contenidas en planes de transporte al trabajo en empresas. El límite de ayudas es de 200.000 euros

4. PORCENTAJE DEL PRESUPUESTO TOTAL QUE IRÁ A CADA UNA DE ESAS CUATRO ACTUACIONES

- Entre un 20% y un 50% del presupuesto para la actuación 1. Del presupuesto destinado a la actuación 1, se destinará un máximo del 10 % a vehículos pesados propulsados por Autogas y Gas natural.

b) Entre un 30% y un 60% del presupuesto para la actuación 2. Del total al menos un 50% se destinará a puntos de carga rápida y ultra rápida.

c) Entre un 5% y un 20% del presupuesto para la actuación 3.

d) Entre un 0% y un 10% del presupuesto se destinará a la actuación 4.

A un mes de la finalización de la vigencia de la convocatoria, si alguna de las partidas destinadas a una actuación no se hubiera agotado, y otra tuviera lista de reserva, se podrá reasignar el presupuesto a criterio de la comunidad autónoma

5. ¿QUÉ VEHÍCULOS NUEVOS SE SUBVENCIONARÁN?

a) Turismos M1: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas fabricados para el transporte de pasajeros con ocho plazas como máximo.

b) Autobuses o autocares M2: con más de ocho plazas y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no sea superior a 5 toneladas.

c) Autobuses o autocares M3: masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) superior a 5 toneladas.

d) Furgonetas o camiones ligeros N1: para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no supere las 3,5 toneladas.

e) Furgones o camiones ligeros N2: cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) sea superior a 3,5 e inferior a 12 toneladas.

f) Furgones o camiones N3: cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) sea superior a 12 toneladas.

g) Cuadriciclos ligeros L6e: masa en vacío inferior o igual a 350 kg., no incluida la masa de las baterías, cuya velocidad máxima sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 4 kW.

h) Cuadriciclos pesados L7e: masa en vacío inferior o igual a 400 kg. (550 kg. para vehículos destinados al transporte de mercancías), no incluida la masa de las baterías, y potencia máxima inferior o igual a 15 kW.

i) Motocicletas L3e, L4e, L5e: vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, con una velocidad superior a los 45 Km/h.

6. TIPOS DE TURISMOS, FURGONETAS Y CAMIONES QUE SON BENEFICIARIOS

a) Turismos: eléctricos puros (BEV), de autonomía extendida (REEV), híbridos enchufables (PHEV), de células de combustible (FCV), vehículo eléctrico híbrido de células de combustible (FCHV)

Quedan excluidos del MOVES -al contrario de lo que sucedió en los planes MOVEA y MOVALT- los de GLP y Gas Natural.

b) furgones y camiones N2 y N3: de GLP/Autogás, Gas Natural Comprimido (GNC), Gas Natural Licuado (GNL), o bifuel gasolina-gas.

c) motocicletas: han de tener baterías de litio, motor eléctrico con una potencia del motor igual o superior a 3 kW, y una autonomía mínima de 70 km.

Si son para renting el plazo mínimo del contrato habrá de ser de dos años

7. CUANTÍA DE LAS AYUDAS

- Para N2 y N3 de GNC, Glp/Autogás o bifuel desde los 4.000 euros a los 15.000 euros

- Para turismos: desde 1.300 euros si la autonomía es igual o menor a 12 km hasta mayor igual a 72 km. El precio del vehículo no podrá superar los 40.000 euros (45.000 si es para personas con discapacidad y movilidad reducida y para familias numerosas

- Para N1, N2 y N3 PHEV, EREV, EV, Pila de combustible (FCV, FCHV) desde los 6.000 hasta los 15.000 euros

- Para las motos desde 600 a 800 euros.

- Los vehículos nuevos de las categorías M y N que se acojan al programa de ayudas deberán contar con un descuento de al menos mil euros en la factura de venta por parte del fabricante/importador o punto de venta del vehículo adquirido.

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