Un juez de Telde anula otro swap de Banesto a una pyme

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Telde ha declarado nulo un contrato de operaciones financieras -swap- suscrito por una pequeña empresa canaria con Banesto, el 17 de julio de 2008. De nuevo un juez, en este caso Sergio Burguillo Pozo, obliga a un banco a devolver cantidades cobradas a clientes por los saldos negativos de permutas financieras vendidas sin la debida información sobre sus riesgos.

La sentencia hecha pública a través de Asuapedefin, asociación de usuarios afectados por permutas y derivados financieros, recoge como prueba decisiva contra Banesto el denominado test de conveniencia para conocer si el cliente, defendido por el letrado Rajesh Chellaram, está en disposición de afrontar los riesgos del contrato.

El test se realizó el 5 de noviembre de 2009, casi 16 meses después de la firma del contrato, por un presunto extravío del original que “debió realizarse a la firma del contrato”, según alegó el director de la entidad sin que el juez admitiera por válida su declaración indocumentada. Por este motivo, el magistrado deduce “que no se ha cumplimentado por la entidad financiera el deber de información previo; deber de información que es muy riguroso tratándose de contratos celebrados con minoristas, como es el caso”.

También figuró supuestamente en el test “realizado deprisa y corriendo” en 2009, que el cliente poseía estudios superiores y había contratado productos similares durante siete años, siendo estos datos falsos ya que en los previos interrogatorios y posteriores actos de juicio no constaron dichas informaciones por ninguna de las partes.

Se da la circunstancia de que, a raíz de cuatro impagos de sus saldos negativos por parte de la empresa, de 30 junio y 30 de octubre de 2009, y de 29 de enero y 30 de abril de 2010, Banesto decide emprender acciones legales contra su cliente, por medio de una demanda de cantidades, incluido los intereses moratorios, de 82.984, 35 euros.

En su escrito de contestación, la pyme no solo se opone a Banesto, sino que presenta una demanda reconvencional contra el banco, pidiendo la nulidad del contrato de 2008 y la devolución de 61.073, 42 euros.

El juez ha dado la razón en todos sus extremos a la reconvención de la pyme, debido a la información defectuosa e insuficiente facilitada a la empresa por el banco de las consecuencias de un saldo negativo del swap, contratado como si fuera una cobertura con un nominal fijo de 900.000 euros. Además, según ha informado Asuapedefin, la pyme tuvo que aportar a cinco particulares como avalistas de la operación financiera.

La sentencia condena a las costas procesales a Banesto como parte demandante y demandada de la reconvencional, “sin que puedan excepcionarse [las costas], pues a pesar de la renuncia parcial, en el acto de la victa, respecto a dos de las demandadas [avalistas] inicialmente, la parte ha contestado la excepción en la contestación de la demanda reconvencional, y es solo posteriormente cuando renuncia a la oposición”.

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