Ecologistas en Acción insta a suprimir las excursiones turísticas a motor en La Graciosa

Isla de La Graciosa, vista desde Lanzarote.

Lanzarote Ahora

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Ecologistas en Acción ha presentado alegaciones a la modificación de la Ordenanza Reguladora del Tráfico en la isla de La Graciosa instando a la prohibición de excursiones con vehículos a motor y que solo se permita para emergencias, residentes por razones justificadas o labores de gestión del Parque Natural.

La organización solicita que el transporte de visitantes sea sustituido por un programa de visitas guiadas a pie o en bicicleta en coherencia con la “especial fragilidad ambiental” de La Graciosa y que el transporte entre los núcleos de la población sea público y colectivo y que el acceso a las pistas hacia Playa de las Conchas, Montaña Amarilla o Playa Francesa sea a pie o en bicicleta.

Así, considera que la modificación de la ordenanza “no se encuentra suficientemente justificada” desde el punto de vista técnico, jurídico y ambiental, pudiendo “comprometer” los objetivos de conservación que rigen uno de los espacios naturales de mayor valor ecológico del archipiélago canario.

La ordenanza vigente, aprobada en el año 2005, respondió precisamente a esta realidad, configurando un modelo de movilidad basado en la “excepcionalidad” del tráfico motorizado y en la prioridad de los desplazamientos peatonales y ciclistas, limitando estrictamente la circulación de vehículos a motor como instrumento esencial para preservar la identidad territorial y los valores ambientales de la isla.

El colectivo alude que los impactos medioambientales derivados del tráfico motorizado no depende exclusivamente del número de vehículos autorizados, sino también de la frecuencia de circulación, la reiteración de los recorridos, el aumento del tránsito sobre pistas de tierra, la compactación del suelo, la generación de polvo, el ruido, la alteración del paisaje y las molestias ocasionadas a la fauna silvestre.

La modificación ahora propuesta supone una “alteración relevante” de dicho modelo, particularmente mediante el incremento del número de vehículos destinados al servicio de excursiones, de 2 en el año 2005 a 15 en la nueva redacción.

Igualmente recuerda que el Tribunal Supremo ha señalado en reiteradas sentencias que las administraciones públicas no pueden reducir el nivel de protección ambiental ya alcanzado de un espacio protegido sin una justificación reforzada y el principio de no regresión actúa como un límite al ejercicio de la potestad discrecional de la administración.

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