La Audiencia Provincial retira la militancia a los seis consejeros socialistas expulsados
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha dado la razón al PSOE y ha revocado el auto de lo Contencioso-Administrativo que había dictado el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Santa Cruz de La Palma y por la que los seis consejeros socialistas expulsados del partido por pactar con el PP en el Cabildo, dejando a CC en la oposición, habían recuperado la militancia por la vía judicial.
El partido Socialista Canario había presentado un recurso contra la devolución de la militancia a los seis consejeros del PSOE que gobiernan en la Corporación insular mediante un pacto suscrito con el PP.
CC también interpuso un recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el que solicita que se declare nula la moción de censura que suscribieron PP y PSOE, y que desbancó de la Presidencia del Cabildo a la nacionalista Guadalupe González Taño, al considerar que los consejeros socialistas, en el momento de firmar la censura, ya no pertenecían al partido. El referido recurso está aún por resolver.
La sala de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, en concreto, en el auto de 31 de octubre de 2014 decide estimar el recurso de apelación interpuesto contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santa Cruz de La Palma del 30 de enero de 2014 y “revocar el auto impugnado que se deja sin efecto”.
También desestima “la pretensión de medidas cautelares deducida por los demandantes en los autos principales (mediante otrosí de la demanda) de los que dimana el incidente en el que se ha dictado el auto que es objeto del presente recurso” e impone “las costas causadas en primera instancia en el mencionado incidente a los demandantes”.
El auto del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Santa Cruz de La Palma de 30 de enero de 2014 revocado ahora por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial acordaba “acceder a lo solicitado” por los consejeros socialistas del Cabildo de La Palma dados de baja del PSOE (Jovita Monterrey Yánez, Victoria Hernández Pérez, José Adrián Hernández Montoya, Jorge Tomás González Cabrera, José Basilio Pérez Rodríguez y Anselmo Pestana Falcón) y , en consecuencia resolvió suspender “ la medida adoptada por el partido político demandado respecto a sus afiliados demandantes, de expulsión tanto provisional como definitiva, manteniéndose a los afiliados en dicho partido desde el momento en que la misma se produjo, mientras dure el presente procedimiento, previa prestación al efecto de caución que deberán prestar los solicitantes en la cantidad que prudencialmente se fija en mil euros (1.000 euros)».