Del Decreto Maricarmen al derecho a la vivienda
El caso de Maricarmen ha puesto rostro y nombre a una realidad que sufren miles de personas: perder la vivienda no significa simplemente cambiar de domicilio. Significa, muchas veces, perder el lugar donde se ha construido una vida, romper vínculos familiares y sociales y quedar al borde de la exclusión.
Por eso, el debate sobre el llamado Decreto Maricarmen no debería limitarse a discutir una nueva prórroga de las medidas contra los desahucios. Lo que está en juego es algo mucho más profundo: qué entendemos por derecho a la vivienda y qué obligaciones deben asumir los poderes públicos para garantizarlo.
El artículo 47 de la Constitución reconoce el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y encomienda a los poderes públicos promover las condiciones necesarias para hacerlo efectivo. Sin embargo, en la práctica, la vivienda continúa tratándose fundamentalmente como una mercancía: se compra, se vende, se alquila y se utiliza como fuente de rentabilidad.
Y aquí está la cuestión fundamental: si la vivienda es un derecho, no puede estar sometida exclusivamente a la lógica del mercado. La vivienda no es un bien de consumo más. Para quien la necesita como hogar, es una condición indispensable para desarrollar una vida digna. Nadie debería perder su casa simplemente porque otra persona pueda pagar más por ella.
En este debate resultan especialmente relevantes las propuestas que viene planteando el Sindicato de Inquilinas, que sitúan la protección del derecho a la vivienda en el centro de la respuesta al problema de los desahucios y de la inseguridad residencial. Entre sus planteamientos figura una exigencia básica: ninguna persona en situación de vulnerabilidad debería ser desahuciada de su vivienda habitual sin disponer previamente de una alternativa habitacional digna, estable y económicamente accesible.
El Sindicato de Inquilinas plantea también reforzar la protección frente a la finalización de los contratos, limitar las vías utilizadas para sortear las garantías del alquiler residencial —como determinados usos fraudulentos de los alquileres de temporada— y establecer mecanismos de control de los precios en las zonas tensionadas. Son igualmente importantes sus propuestas dirigidas a ampliar el parque público de vivienda, movilizar las viviendas públicas vacías y utilizar instrumentos como el tanteo y retracto para preservar vivienda asequible.
Más allá de la valoración concreta de cada una de estas medidas, hay una idea que merece ser incorporada al debate público: la política de vivienda no puede limitarse a ayudar a las personas a pagar los precios que determina el mercado; debe intervenir también sobre las condiciones que producen esos precios. En definitiva, el Estado debe intervenir el mercado de la vivienda.
En Canarias esta cuestión adquiere una especial gravedad. La presión turística, el crecimiento de los alquileres, los salarios insuficientes y la escasez de vivienda pública están dificultando que muchas personas puedan seguir viviendo en los lugares donde trabajan y han construido sus vidas.
Por eso necesitamos políticas específicas que aumenten el parque público, preserven la vivienda residencial y eviten que la función habitacional quede subordinada permanentemente a la rentabilidad turística o inmobiliaria.
Y necesitamos algo más: derechos exigibles. Que existan plazos para que las Administraciones actúen, recursos frente a sus decisiones y garantías frente a su inacción. Porque un derecho que depende de esperar indefinidamente una respuesta administrativa termina siendo un derecho meramente declarativo.
El caso de Maricarmen debería servir, por tanto, para abrir un debate que vaya mucho más allá de un decreto temporal. La pregunta es sencilla: ¿queremos una sociedad en la que tener una vivienda dependa fundamentalmente de la capacidad de cada persona para competir en el mercado, o queremos que el derecho constitucional a una vivienda digna tenga una garantía efectiva?
Para mí, la respuesta está clara. La vivienda puede tener un valor económico, pero no puede reducirse a su valor de mercado. Antes que un activo financiero, una inversión o una fuente de rentabilidad, una vivienda es el lugar donde las personas viven.
Por eso, las propuestas del Sindicato de Inquilinas y las reivindicaciones de las organizaciones sociales deberían formar parte de un debate mucho más amplio: cómo convertir el derecho constitucional a la vivienda en un derecho real y efectivo.
El Decreto Maricarmen puede ser un paso. Pero el objetivo debería ser mucho más ambicioso. La vivienda es un derecho. La vivienda no es una mercancía. Y defenderlo requiere también organización y movilización social.
¡Ni un desahucio sin alternativa habitacional!
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