Declaradas nulas las oposiciones del Ayuntamiento de Hermigua
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife ha declarado la nulidad de las oposiciones interinas llevadas a cabo por el Ayuntamiento del municipio gomero de Hermigua entre diciembre de 2006 y abril de 2007, tras estimar la demanda presentada por Comisiones Obreras (CCOO).
Así lo informó este lunes la corporación municipal en un comunicado, en el que asegura que el defecto de nulidad “radical o de pleno derecho” invocado por CCOO y estimado por el Juzgado consiste en la omisión de un trámite “esencial”.
Concreta que este trámite es la falta de convocatoria de las mesas negociadoras con carácter previo a la aprobación de las bases del proceso selectivo.
Recuerda que la postura mantenida por el Ayuntamiento frente a la demanda presentada por CCOO ha sido “allanarse y darle la razón a CCOO”.
Asegura que el proceso selectivo, que contempló cubrir 5 plazas de personal funcionario interino y 8 de personal laboral interino, era un “despropósito de irregularidades que viciaban por completo el procedimiento realizado”.
Señala que, antes de tomar la postura del allanamiento, se solicitó informe jurídico a asesora jurídica externa, así como a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Canarias.
Irregularidades en el procedimiento
Destaca que ambos informes coincidieron en apuntar diversas irregularidades en todo el procedimiento y aludieron a su nulidad radical o anulabilidad, lo que ha sido confirmado por la sentencia dictada por el Juzgado.
El Ayuntamiento de Hermigua considera que la sentencia dictada es “justa y responde al interés público más digno de protección, que es el acceso a la Administración Pública en condiciones de legalidad, igualdad, mérito y capacidad”.
Añade que ello “en absoluto” se garantizó con el procedimiento llevado a cabo, que dejó tanto a los seleccionados y actuales trabajadores de la corporación local como a los excluidos en “una total y absoluta indefensión”.
Resalta que todos ellos vieron truncadas sus expectativas al no llevarse a cabo el proceso selectivo con los requisitos y garantías legalmente exigidos.
La sentencia podrá ser recurrida en apelación y le corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Canarias confirmarla o revocarla.