Tarda ocho años en lograr una licencia de obra

Un empresario de Santa Cruz de Tenerife ha tardado ocho años en conseguir una licencia de obra para poder intervenir en un edificio situado en el ámbito declarado Bien de Interés Cultural (BIC) denominado Santa Cruz Antiguo.

Este vecino llegó a recurrir al Tribunal Supremo (TS), que hace algo más de año y medio obligó al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) no sólo a revisar la concesión de la autorización sino incluso la protección de este entorno situado en el centro de la capital tinerfeña, un procedimiento este último que está a punto de ser fallado. Ahora el tribunal canario se ha pronunciado y considera que la licencia debe ser otorgada por silencio administrativo de la Gerencia de Urbanismo de Santa Cruz.

Este empresario pidió el permiso en el mes de abril de 2004, pero en ese momento se le indicó que el inmueble se encontraba dentro del área de respeto de la zona que iba a ser declarada BIC. Pocos meses después el Cabildo se pronunció en sentido totalmente opuesto y dijo que el edificio no estaba afectado por esta catalogación.

A partir de aquí este empresario se vio involucrado en una vorágine de informes que muchas veces eran contradictorios ya que en ocasiones determinaban que el edificio estaba protegido y en otras no. El servicio insular de Patrimonio Histórico resaltó los valores arquitectónicos del inmueble y que ostentaba una protección ambiental por lo que cualquier intervención quedaba condicionada a la aprobación del Plan Especial de Protección de este ámbito que aún no ha sido redactado.

A través de otro procedimiento que se sentenciará en breve, el empresario intenta anular la declaración BIC del entorno a lo que se opuso en principio el TSJC, pero sin embargo poco después el Supremo obligó al tribunal canario a revisar esta protección al considerar que las alegaciones del vecino tenían base suficiente para prosperar. Finalmente, el TSJC sentencia que la autorización para intervenir en el edificio debe ser concedida ya que en el momento de ser solicitada el inmueble no estaba incluido en la zona BIC. “Las licencias deben ser otorgadas según la legislación vigente”, se añade.

Expropiación en Miraflores

Por otro lado, el Tribunal Supremo ha determinado que el área de Miraflores, dentro también del ámbito del Antiguo Santa Cruz, es suelo urbano consolidado tal y como habían defendido los propietarios de unas parcelas, frente al criterio del Gobierno de Canarias y de la Gerencia de Urbanismo que había calificado los terrenos como urbanos no consolidados.

Esta diferencia implica que el Ayuntamiento tendrá que recurrir a la expropiación para ejecutar la renovación de esta área hoy notablemente degradada desde el punto de vista social y urbanístico. En caso de que este suelo hubiese sido urbano no consolidado la Corporación local habría recibido un 10% de aprovechamiento para dotaciones públicas, entre la que se encontraba la ubicación de una zona verde, con lo que no hubiese sido necesario recurrir a la expropiación.

Desde la Gerencia de Urbanismo se ha indicado que el proyecto de renovación de esta área que data del año 2005 se encontraba de cualquier forma aparcado por la falta de fondos para ejecutarlo. “La nueva sentencia lo único que implica es un cambio en la ejecución en la renovación de esta área pero no su anulación, que podrá llevarse a cabo a través de un acuerdo con los propietarios y por medio de una expropiaciónal descartarse ahora la cesión obligatoria”, indicaban estas fuentes.

El Supremo considera que esta área cuenta con todas las características de suelo urbano consolidado como es la dotación de los servicios básicos de alcantarillado, alumbrado y suministro de agua. Un perito sin embargo había optado por la calificación de urbano no consolidado con menor valor catastral.

En este caso el proyecto consistía en la ampliación de calle Monteverde y su renovación urbanística, lo que según los redactores del Plan General de Ordenación (PGO) daba lugar a que el suelo fuese calificado como no consolidado. Un criterio que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias primero y el TS después descartan, ya que según se pudo comprobar el ámbito de Miraflores reúne todas las características de ser un suelo urbano y de estar perfectamente integrado en la trama de la ciudad.

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