Absuelven a un hombre acusado de intentar raptar a dos menores en Gran Canaria

EFE

Las Palmas de Gran Canaria —

El hombre acusado de intentar raptar a dos menores y de abusar sexualmente de una de ellas ha sido absuelto de estos cargos por la Audiencia de Las Palmas, que solo considera probado que agarró por el cuello a una niña cuando intentaba entrar en su casa de Vecindario, en 2007.

El procesado deberá pagar una cuota de 15 euros por una falta de lesiones, y no podrá acercarse a menos de 500 metros de distancia de la menor a la que agredió por un plazo de seis meses, según recoge una sentencia de la sección sexta de la Audiencia de Las Palmas hecha pública hoy.

El imputado, Damián J.M., de 44 años, además deberá indemnizar a la entonces menor de edad con 90 euros más los intereses legales generados, por las lesiones que generó a la menor.

El tribunal señala que el fiscal retiró la acusación del caso supuestamente ocurrido el 21 de diciembre de 2006 en Las Palmas de Gran Canaria, pues no se pudo demostrar que el acusado estuviera en el lugar referido ni tocara los pechos a una joven menor de edad y tratara después de introducirla en una furgoneta blanca.

En cuanto al segundo intento de rapto de otra menor la noche del 27 de agosto de 2007, en la localidad de Vecindario y en las inmediaciones del domicilio de esta, tampoco ha considerado probado que intentara introducirla en una furgoneta blanca.

El tribunal solo da por probado que el acusado tiene “una costumbre reprochable en el plano moral o social de molestar con insinuaciones a las chicas jóvenes en público”, y que ya se había acercado en otras dos ocasiones a la menor a la que agarró por el cuello.

En sus argumentos, el tribunal también se refiere al ambiente de temor que puso de manifiesto la letrada de la defensa que existía en la localidad de Vecindario en esa época, ante la desgraciada desaparición del niño Yeremi Vargas, aún sin resolver, y perpetrada por alguien que parece ser conducía una furgoneta blanca.

Según el tribunal, no es “anormal” que la menor estimara que la persona que le había molestado y que conducía este tipo de vehículo intentara introducirla en la misma, pero añade que esa intención no está acreditada.

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