La Audiencia ratifica el archivo del 'caso Sintel'
No hubo engaño a la extinta Caja de Canarias, y por tanto no se produjo estafa, en el conocido como caso Sintel, consistente en la petición de un crédito de 700 millones de las pesetas de 1999 por una filial de esta empresa que había ganado un concurso de la Consejería de Sanidad para dotar de telefonía y televisores a los hospitales Doctor Negrín e Insular de Gran Canaria.
Así lo ha ratificado este mes la Audiencia Provincial de Las Palmas, mediante un auto firmado por la Sección Sexta presidida por Emilio Moya, en el que también los magistrados José Luis Goizueta y Carlos Vielba respaldan el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones decretado el 21 de octubre de 2011 por Instrucción 2 de Las Palmas de Gran Canaria.
En el auto, al que ha tenido acceso este periódico y fechado el 4 de febrero, se confirma que La Caja contó en junio de 1999 con información suficiente de la situación financiera de Sintel, la matriz nacional de Indetelca, su filial canaria adjudicataria del concurso sanitario, y asumió conscientemente el riesgo de prestarle 700 millones de pesetas para dotarse de esos medios.
La entidad ahora disuelta tras la fusión en Bankia se querelló en su día contra los representantes de Indetelca por considerar que el crédito solicitado con el fin único de dotar a la empresa de los medios necesarios -telefonía, televisores- para cumplir con el contrato de los hospitales era falso, y, en realidad, esos 700 millones de pesetas se destinaron a pagar nóminas del mes de diciembre a los que no podía hacer frente la mercantil, y otros compromisos con la Seguridad Social. La Caja, en su demanda, sostuvo que “los querellados ocultaron con habilidad” la situación de quiebra.
Lo cierto, a juicio de los magistrados de la Audiencia, es que a la luz del informe de riesgos de 2 de noviembre de 1999 que la propia entidad de ahorros hizo de la situación patrimonial de la empresa soicitante del préstamo, esos 700 millones de pesetas se concedieron sin indicio alguno de engaño, y por tanto no se pudo producir la estafa, ya que la propia Caja, “después de contar con información suficiente para conocer las dificultades económicas de la avalista y empresa matriz [Sintel] entendió que, en líneas generales, la operación es viable y que, en un primer impacto, el riesgo es asumible”, sostiene la Audiencia.
El hecho es que, al no existir indicios de engaño, el delito de estafa a La Caja queda en nada, y bajo esta premisa la Audiencia desestima el recurso de apelación contra el sobreseimiento del juzgado instructor, en una resolución contra la que no cabe recurso alguno.