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Condenados a 18 años de prisión por la muerte de Yunaisi

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha hecho pública este lunes la sentencia por la que se condena a 18 de prisión para la madre y su compañero del autores del homicidio del bebé Yunaisi Brito Vega, fallecida en Fuerteventura en enero de 2007.

La sentencia considera probado los delitos consumados de malos tratos y homicidio, con el agravante de parentesco. Contra este fallo cabe interponer recurso de casación.

El Tribunal considera probado que María Inmaculada Vega Guerra y Yeray González Pérez, vivían juntos en Fuerteventura, donde mantenían una relación sentimental estable y convivían junto con las dos hijas menores de María Inmaculada, Yareli Brito Vega y Yunaisi Brito Vega, fruto ambas de una relación anterior, así como con los dos hermanos de Yeray.

Este asumía las tareas del cuidado del bebé cuando su madre acudía a su puesto de trabajo, según se explica en la sentencia, que también destaca que no fue inscrita en el Registro Civil en el momento de su nacimiento, no recibió atención médica, general o especializada, no fue vacunada ni tratada de sus dolencias aunque, en el momento de su fallecimiento, presentaba fracturadas las costillas octava y novena, y, además, nódulos óseos en las costillas séptima derecha y octava izquierda, procedentes de otras fracturas anteriores en el tiempo, que debían provocarle a la menor dolor constante, incluso al respirar, y llanto igualmente constante que debía incrementarse en cuanto era movida por cualquier circunstancia ( alimentación, limpieza o simplemente para tratar de calmarla).

Durante ese mes de diciembre de 2006 y los primeros días de enero de 2007 la acusada Inmaculada Vega Guerra, en varias ocasiones , “mordió, con considerable fuerza, a la menor Yunaisi en la zona de la cara anterior del muslo derecho, en ambos glúteos y en la cara, zona submandibular derecha”, producida esta última en la misma mañana del óbito. Estas mordeduras en algunos casos fueron de tal intensidad, detalla la sentencia, que “dejaron claramente marcados los caninos de la madre y generaron el sangrado de la menor”.

Los días 3 ó 4 de enero de 2007, uno de los dos acusados, “sin que se haya podido determinar cuál, zarandeó a Yunaisi de forma violenta y continuada, lo que le provocó una hemorragia subdural que determinó que la menor comenzase a sufrir un cuadro de disminución de conciencia así como alteraciones varias, como vómitos y pérdida de color”.

La madre y Yeray volvieron a optar “por dejar pasar las horas hasta que en la mañana del día 5 de enero, en el que Yunaisi sufrió nuevos golpes que le provocaron la fractura de dos costillas, hematomas varios y nuevamente resultó mordida, con bastante fuerza, por Inmaculada, fue objeto otra vez, y en este caso con una mayor violencia e intensidad aún, de un zarandeo reiterado que le provocó una importante hemorragia epidural en zona occipital, un intenso hematoma subdural en región parieto temporal derecha, con extensión a la línea interhemisférica y focos hemorrágicos subaracnoideos en lóbulos parietales y frontal derecho”. Esta nueva lista de lesiones determinó que el bebé entrara en un estado semicomatoso que dejase de responder a estímulos externos produciéndole finalmente la muerte.

Inmaculada y Yeray, a pesar de constatar que el bebé estaba inconsciente, volvieron a decidir dejarla en la cuna, ella se marchó y él se puso a jugar a la videoconsola. Sobre las 15.30 horas del día 5 de enero de 2007, regresó a la habitación y tras constatar que ya no tenía pulso, se limitó a decirle a su hermano Iván que Yunaisi estaba muerta y que avisase a la policía. Mientras Inmaculada, que había llegado a su trabajo en torno a las 14.15 horas, “nerviosa y llorosa”, sobre las 16.05 horas “hizo una llamada, usando el teléfono móvil de una compañera de trabajo a su casa, comunicándole Yeray la muerte de Yunaisi”.

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