La incertidumbre del profesorado de FP ante los cambios que trae para el cuerpo la nueva ley educativa

Alumnado de FP en Canarias. (IMAGEN DE ARCHIVO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN)

Jennifer Jiménez

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Miren lleva más de 30 años dando clases en Formación Profesional (FP). Es licenciada en Medicina e imparte docencia en un ciclo de Técnico Superior de Laboratorio. Sin embargo, no cuenta con las mismas condiciones laborales que el profesorado de Secundaria, que aparte de tener un sueldo mayor (unos 200 euros de diferencia) se le exigen menos años cotizados para la jubilación, entre otras mejoras. La nueva ley educativa, LOMLOE, reconoce desde su entrada en vigor en enero de este año que este profesorado debe incorporarse en ese cuerpo de rango superior (funcionarios A1), una reivindicación histórica que, sin embargo, aún no se ha materializado. Ante la demora, se ha constituido una plataforma, con unos 4.500 miembros. No obstante, la norma trae otros cambios que generan incertidumbre entre el profesorado que no cuenta precisamente con titulación universitaria, que también ha creado otra plataforma en el ámbito estatal. 

El texto de la nueva ley recoge que “el Gobierno, de acuerdo con las administraciones educativas, establecerá el procedimiento para el ingreso en este cuerpo (Secundaria) del profesorado técnico de formación profesional que estuviera en posesión de la titulación de grado universitario o equivalente a efectos de acceso a la función pública, en las condiciones que se determinen”. Así mismo, añade que los funcionarios de carrera del cuerpo de profesores técnicos de FP que, por no reunir los requisitos de titulación exigidos no puedan acceder al grupo de enseñanza secundaria, “permanecerán en el cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional”, aunque “mantendrán su especialidad y la atribución docente reconocida por la normativa vigente”. Pero, ¿qué ocurre con los interinos?, es decir, con el profesorado que no cuenta con su plaza fija y que imparte docencia desde hace años en la administración pública. Es lo que se cuestionan los sindicatos, que piden que no se vulneren los derechos del profesorado técnico que no es universitario. 

La ley establece que en un período de tiempo “el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, podrá establecer las condiciones y los requisitos para que puedan excepcionalmente desempeñar funciones en una etapa o, en su caso, enseñanzas distintas de las asignadas a su cuerpo con carácter general”. Noé Expósito, profesor de FP y miembro del sindicato Anpe, explica que, aunque la equiparación salarial era una reivindicación, en la enseñanza en Canarias existe un elevado número de profesorado de este cuerpo que es interino desde hace muchos años, por lo que la propuesta planteada al Ministerio desde su asociación sindical es que este profesorado pueda seguir impartiendo clases y presentarse a los procesos selectivos. Explica que hay profesores que llevan entre diez o quince años impartiendo clases y presentándose a estas pruebas selectivas en las que no ha cambiado ni el temario ni el currículum educativo y, sin embargo, ahora se modifica la titulación para acceder. 

Emilio Armas, también profesor de FP y miembro del sindicato STEC, sostiene que la ley educativa salió adelante sin ser consensuada con los sindicatos, por lo que hay aspectos que deben matizarse o modificarse como este que afecta al cuerpo de profesores técnicos. Entiende las reivindicaciones de ambas partes, de quienes cumplen los requisitos y quieren ascender inmediatamente al cuerpo de Secundaria y la de quienes sienten incertidumbre sobre si podrán seguir presentándose a unas oposiciones y formar parte de las listas de empleo, pero cree que la clave es trabajar juntos y de forma coordinada ya que ambos perfiles, los docentes con titulación superior y técnica son necesarios y dan prestigio a esta etapa educativa. Recuerda que, si la FP “tiene el prestigio que tiene” es porque su profesorado lo ha hecho posible desde su creación en los años 70. 

En su caso, Armas empezó en la docencia accediendo con estudios como técnico de FP, pero con los años estudió una carrera y accedió al cuerpo A1 de enseñanza Secundaria. Sin embargo, recalca que los conocimientos prácticos aprendidos en su ciclo de formación profesional le han servido para aplicarlos habitualmente en el aula. “Ambos perfiles son necesarios”, insiste. Por lo que desde el STEC en el ámbito estatal asegura que se está trabajando también para que ningún docente se vea perjudicado por la nueva ley. 

Diez especialidades con profesorado técnico

La plataforma de profesorado técnico de FP con titulación universitaria argumenta que una amplia mayoría de profesionales técnicos “se van a ver beneficiados” ya que para impartir docencia en 29 especialidades ya se exige el grado o licenciatura y que es en diez en las que se permite acceder con la titulación de técnico superior. “Los funcionarios de carrera que permanezcan en el cuerpo a extinguir por no contar con una titulación universitaria no pierden ninguno de sus derechos”, añaden. Así mismo, sostienen desde este colectivo que “conocer la profesión no puede ser el único requisito para ser profesor técnico” y que los retos que tiene ahora mismo el desarrollo económico y social “requiere de nuevos perfiles”. También exponen que la FP contempla la figura del profesor especialista que cubre “espacios formativos específicos” y tienen dudas legales sobre el hecho de que titulados universitarios de este cuerpo formen parte este año de los tribunales de las oposiciones docentes en los que consideran que se les obliga a “estar en unos tribunales que son para un subgrupo diferente al suyo”. 

Actualmente, son un total de diez las especialidades en las que se ha venido permitiendo presentarse a las oposiciones a una serie de profesionales sin título universitario, desde las modificaciones que se han venido generando en el cuerpo con la LOE y la LOGSE. Se trata de especialidades que se encuentran en la familia de cocina y pastelería, estética, fabricación en instalación de carpintería y mueble, mantenimiento de vehículos, mecanizado, mantenimiento de máquinas, patronaje y confección, peluquería, producción de artes gráficas, servicios de restauración y soldadura. En algunas de ellas pueden existir equivalencias con los títulos universitarios, pero los sindicatos subrayan que en algunas de carácter práctico como peluquería no se enseña a cortar el pelo en las universidades. 

Un escrito de enero de este año de la Secretaría General de FP expone que la modificación que llega con la LOMLOE “mejora notablemente la situación del 90% del profesorado”, recalca que “en ningún caso se prevé prescindir de los técnicos superiores de Formación Profesional” y que las bolsas de interinos son competencia de cada administración educativa, pero se establecerán acuerdos. Así mismo, se subraya que la futura ley de FP permitirá desarrollar reglamentos que permitan que el profesorado no universitario imparta módulos concretos en estos ciclos de formación. Los sindicatos esperan que se garantice  “el acceso a la función pública del profesorado técnico de FP interino y sustituto que actualmente conforma las listas, así como su permanencia en las misma”. Desde Anpe recuerdan que en Canarias hay alrededor de 1.700 profesionales impartiendo docencia en el cuerpo de técnicos de FP, de los que seis de casi cada diez son interinos. 

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