Afectados por prótesis de cadera defectuosas denuncian desamparo y trabas judiciales en Canarias

Personas afectadas por las prótesis de cadera defectuosas, en una reunión con el abogado celebrada en Tenerife

EFE

Santa Cruz de Tenerife —

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El abogado de unos 40 afectados por prótesis de cadera defectuosas en Canarias, Emilio Ortiz, ha denunciado este miércoles el desamparo legal de sus representados, las “trabas judiciales” que han encontrado para presentar sus reclamaciones y la falta de control internacional de calidad de las prótesis, así como sus enfermedades derivadas.

Emilio Ortiz ha detallado en una rueda de prensa que las estimaciones ascienden a unos 300 implantados en las islas, 3.000 en España y 97.000 en todo el mundo, además de 70 hospitales en España que adquirieron los productos protésicos de las nueve compañías fabricantes y distribuidoras, por lo que entiende que es un problema de “salud pública” y atañe a derechos fundamentales.

Las nueve compañía son Johnson & Johnson, BHR Smith and Nephew, Biomet o Traiber, entre otras, compuestas por más de 200 empresas que cotizan en Bolsa cientos de millones de euros, situaron a los fabricantes fuera del territorio nacional para, según Ortiz, “dificultar” la presentación de denuncias.

Ortiz ha lamentado en esa línea que sus representados tengan que presentar las demandas en el extranjero, cuando suelen ascender a 1.800 páginas cuya traducción jurada, en algunos casos a tres idiomas distintos, cuesta entre 15.000 y 20.000 euros, cifras “inasumibles” por los pacientes, que no pueden “competir porque no hay paridad de armas” jurídicas.

Para el abogado, la legislación española, a través de su real decreto de consumidores y usuarios, tampoco ampara lo suficiente a los afectados, porque “no pueden reclamar” tras la fecha de caducidad, establecida hasta los 10 años, cuando las prótesis tienen una vida media de entre 15 y 20 años.

Las normativas europeas y nacionales en esta materia, reguladoras del etiquetado de las prótesis, establecieron en 2009, según Ortiz, que las compañías deben presentar un examen de diseño y los ensayos clínicos ejecutados antes de la distribución del producto, que hasta ahora “no han presentado” en sus juicios pendientes.

La única manera de certificar que una prótesis ha pasado los controles, según la directiva, es mediante el marcado CE en láser en todas las unidades de las prótesis, no en los envases desechables, como según el abogado han declarado las compañías en otros juicios.

Para el defensor, los productos carecen de garantía y ha habido una “ausencia de control” por parte de las autoridades sanitarias, ya que en 30 años no se ha realizado ninguna inspección porque las compañías sostienen que “no es su competencia”.

Sin embargo, el letrado ha subrayado que los fabricantes disponen de un registro de las prótesis que no tienen las comunidades autónomas y que recoge el número de serie, la unidad de la que se trata, quién la ha implantado, el hospital donde se ha implantado y la identidad del paciente que la ha recibido.

“La etiqueta está destinada a identificar el producto y las garantías de seguridad hacia el paciente. Si esa etiqueta carece de esas identificaciones, ya hay motivo suficiente para que el distribuidor sea responsable de una eventual reclamación judicial” posterior, ha remarcado Ortiz.

Por otro lado, el abogado defensor ha incidido en que, pasados los 10 años de caducidad, las compañías no asumen posibles costes “razonables” y “no quieren saber nada” de extirpaciones de implantes, gastos médicos o indemnizaciones, y apelan a que se encargue de estos gatos la sanidad pública, según Ortiz.

Todo esto es a su juicio un “abuso de derecho” por parte de las compañías protésicas, ya que interpretan de forma fraudulenta la ley y tratan así de “confundir” a diferentes juzgados que han revocado sentencias inicialmente favorables a los pacientes por entender que las compañías no tenían nada que ver.

Además, Ortiz ha asegurado que las compañías distribuyeron las prótesis “a sabiendas de su carácter defectuoso”, tanto en su diseño como en su sistema de porosidad, lo cual implica la asunción de “responsabilidad”, más allá de la necesidad de cambiar los mecanismos de control internacional y los estándares de calidad.

“En 2009 la tasa de fracasos (de la prótesis) era de un 12 por ciento. La tasa actual es del 47, y está establecido que cuando la tasa de fracaso se sitúa entre el dos y el cinco por ciento, toda la serie tiene que retirarse, como ha ocurrido en Alemania”, ha apostillado el letrado.

En este caso, los problemas de diseño de la prótesis provocan que roce con tejidos adyacentes y libere cromo y cobalto que acaban por necrosar los tejidos y pudrir los huesos, además de atraer gérmenes y posibles infecciones, patrón que ha recogido en la mayoría de sus casos y que reclama “un registro común de alertas sanitarias”, sean voluntarias o no.

“¿La compañía podía evitar esos defectos de fabricación? Sí. Porque el problema que existe en las prótesis es que hay una porosidad evitable con una desgasificación. Desgasificar implica un coste añadido en la fabricación. Si lo hubiesen hecho, no se hubiesen introducido partículas cerámicas dentro de los poros. Aunque quedaría el problema del diseño”, ha insistido.

Por lo demás, Ortiz cree que las compañías han abaratado costes “en detrimento de la salud de las personas” y “prefieren pagar litigios”.

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