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El Tribunal Supremo ratifica la nulidad del juicio contra Jacinto Siverio, el anciano condenado por matar a un hombre que asaltó su casa en Tenerife

Jacinto Siverio, a la derecha, en la vista oral celebrada en la Audiencia Provincial

Europa Press

Santa Cruz de Tenerife —

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por la acusación particular del caso de Jacinto Siverio y ratificado la nulidad del juicio que le condenó a dos años y medio de cárcel por haber matado de un disparo a uno de los asaltantes de su casa en el municipio tinerfeño de Arafo, con la eximente incompleta de la legítima defensa.

El Supremo, que condena en costas a la parte recurrente, avala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que ordenó la nulidad del juicio celebrado en la Audiencia Provincial y la celebración de uno nuevo al entender que el veredicto del jurado que dio lugar a la condena carecía de motivación.

Los hechos se remontan a la noche del 1 de marzo de 2015 cuando dos jóvenes, uno de ellos menor de edad, entraron en la propiedad de Jacinto Siverio con una pistola simulada, caretas y un formón --el condenado contaba por entonces con 80 años-- y exigieron dinero mientras tenían retenida a su esposa en la salón de la vivienda.

Con la excusa de ir a buscar el dinero a un dormitorio, Siverio volvió con un revólver Ruby calibre 38 y realizó dos disparos, el primero al suelo y el segundo que impactó en el rostro de uno de los asaltantes --el mayor de edad--, que falleció instantes después.

Durante el asalto, tanto Jacinto como su esposa fueron agredidos en varias ocasiones para forzarles a entregar el dinero y el propio condenado fue amenazado con la pistola simulada en la sien.

Aparte de los dos años y medio de cárcel a los que fue condenado en primera instancia por un delito de homicidio por entender el juez que Jacinto tenía alternativas para deponer la actitud de los asaltantes, también se le condenó a dos años de prisión por tenencia ilícita de armas, si bien fue suspendida a condición de que no vuelva a delinquir, y al pago de una indemnización de 20.000 euros a la madre del fallecido.

Con el fallo del Supremo conocido este miércoles se ratifica la nulidad de todo el proceso.

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