El TSJC avala la sanción de 1,6 millones a un conjunto residencial que funcionaba como hotel en Arona
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha avalado la imposición de una multa de 1,6 millones por parte del Ayuntamiento de Arona a los promotores del hotel de cuatro estrellas, Regency Country Club ubicado en un conjunto residencial de Chayofa. La sanción fue interpuesta en concepto de infracción urbanística al no contar con los propietarios con la preceptiva licencia municipal.
Los promotores construyeron en su momento una edificación en dos fases donde se ubicó un hotel y otras dos independientes destinadas a centro comercial y servicios, piscina y mini-golf. El Cabildo otorgó la autorización turística después de haberse concedido la licencia de obras y no antes como es preceptivo. La actividad, además, carecía de licencia de apertura.
La entidad comenzó a explotar este inmueble como hotel apelando al silencio administrativo y al retraso en la concesión de las licencias urbanísticas en las que solicitaba un uso residencial. El TSJC considera probado que se otorgó este último uso, pese a lo cual el edificio funcionó como un hotel. De hecho, los promotores llegaron a abonar algo más de ocho millones de euros, tan sólo en obras para acondicionar el inmueble como recinto hotelero.
El TSJC descarta los argumentos de los propietarios quienes defendieron que los cambios en la legislación turística no afectan a los diferentes usos. “No se discute que las obras estén autorizadas por el Ayuntamiento y por el Cabildo Insular, sino el destino permitido, lo que es diferente. La posible legalización del uso si el establecimiento cumple la legislación turística no exime de responsabilidad por cambiarlo sin la preceptiva autorización municipal que así lo declare. De lo que se trata es que el cambio de uso sin licencia es constitutivo de infracción administrativa”, indica el fallo firme.
Otro tanto ocurre con su argumento de que el establecimiento alojativo está en pleno funcionamiento ininterrumpido desde 2005. Aunque el TSJC cree que el importe de la sanción es “mínimo” abre la puerta a que se reduzca en un 60% si se procede a la legalización del inmueble.