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El juez Salvador Alba, sobre la sentencia del caso Faycán: “No voy a correr ni a darme prisas”

El juez Salvador Alba.

Canarias Ahora / Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El juez de la Audiencia de Las Palmas Salvador Alba, al que este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) decidió abrir juicio oral por cinco delitos relacionados con el ejercicio de su profesión, ha indicado sobre la sentencia del caso Faycán, que está pendiente de dictarla tras haber presidido el juicio al principio de este año, que “no voy a correr ni a darme prisas por el hecho de que se haya dictado auto de apertura de juicio oral”.

En declaraciones al periódico Canarias 7, Alba señala que “a mí se me ha presionado para dictar la sentencia con toda velocidad, cuando es un fallo que, solo en el procedimiento, es muy voluminoso”. El caso Faycán, que terminó de juzgarse en marzo, investiga una trama de cobro de sobornos en el Ayuntamiento de Telde para conseguir ventajas en la contratación en el periodo en el que Francisco Valido y María del Carmen Castellano, ambos del Partido Popular, eran alcaldes de la ciudad grancanaria.

“Si llega el CGPJ y me suspende de forma cautelar”, añade, “el problema ya no será mío, sino de la Fiscalía y el TSJC. No voy a correr ni a darme prisas por el hecho de que se haya dictado auto de apertura de juicio oral. Ya está bien de presiones con el caso Faycán. No voy admitir ni una más”. El TSJC  había eximido al juez del reparto de asuntos en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas hasta el pasado 1 de mayo para que se pudiera dedicar en exclusiva a redactar la resolución de ese procedimiento.

En una decisión contra la que no cabe recurso, la magistrada del TSJC Margarita Varona ha establecido que Alba sea juzgado por prevaricación judicial, cohecho, falsedad, revelación de secretos y negociaciones prohibidas a funcionarios, al existir indicios de manipuló una causa penal para tratar de perjudicar a su colega Victoria Rosell, en un momento en que esta era diputada de Podemos en el Congreso.

El TSJC ya adelantó el jueves que si Alba fuera suspendido antes de dictar sentencia, la Audiencia de Las Palmas “adoptará la decisión que proceda, evitando en lo posible la repetición del juicio”.

Sin embargo, no todos los expertos tienen claro cómo se podría conseguir ese propósito: mientras algunos sostienen que los otros dos magistrados de la sección sexta pueden fallar el caso por sí solos, otros defienden que necesariamente se tendría que repetir el juicio.

Y en ese último caso, tampoco está claro para cuántos de los 28 procesados se repetiría el juicio, porque 21 de ellos se declararon culpables y aceptaron las penas propuestas por el fiscal, dentro de los límites que fija la ley para entender que ya han sido condenados de forma oral a la espera de que se redacte la sentencia. 

El juez, abocado a la suspensión

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de abrir juicio al magistrado por cinco delitos relacionados con el ejercicio de su profesión obliga al Poder Judicial a plantearse su suspensión cautelar.

La situación en la que se encuentra Salvador Alba entra directamente en el supuesto previsto en el artículo 190 del Reglamento de la Carrera Judicial de 2011.

Ese artículo dispone que “se acordará la suspensión provisional” de un juez cuando se haya “procedido” contra él “por cualquier delito cometido en el ejercicio de sus funciones”.

Y precisa que “procederá” acordar esa medida cautelar “cuando en el procedimiento penal se dicte auto de apertura de juicio oral (como ocurrió ayer con Alba), de prisión provisional, de libertad bajo fianza o de procesamiento, una vez que adquieran firmeza”.

La magistrada que ha procesado a Alba precisa en su auto que contra la apertura de juicio oral ya no cabe recurso alguno y pide que se comunique su decisión al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Cuando el CGPJ reciba formalmente la comunicación del auto de apertura de juicio oral contra este magistrado de la Audiencia de Las Palmas, corresponde tomar la decisión a su Comisión Permanente, “previa audiencia del Ministerio Fiscal y del interesado”, dispone el Reglamento de la Carrera Judicial.

Y una vez que se adopte esa medida cautelar, añade, su efecto “durará hasta tanto en el procedimiento penal no recaiga sentencia o auto de sobreseimiento”. 

Salvador Alba se enfrenta en este procedimiento a una de las condenas más altas solicitadas en los últimos años por la Fiscalía en España contra un juez: diez años de cárcel y 29 de inhabilitación.

Entre los casos que han tenido notoriedad en las últimas décadas, el Ministerio Público solo pidió una condena más severa contra Luis Pascual Estevill, para el que demandó 13 años de cárcel por delitos cometidos en los años noventa, cuando era juez de Instrucción en Tarrasa y Barcelona.

El TSJ de Cataluña, primero, y el Supremo, después, le impusieron nueve años y cuatro meses de cárcel por delitos de cohecho, amenazas condicionales, prevaricación, detención ilegal y alzamiento de bienes.

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