Cantabria publica la orden para facilitar el voto de los empleados públicos que tengan que trabajar el 29N
La Consejería de Presidencia ha dictado una orden para facilitar a los empleados públicos, al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el ejercicio de sus derechos en las elecciones generales del 29 de noviembre.
La orden publicada este lunes en el Boletín Oficial de Cantabria establece que los empleados públicos que presten servicios el día de las elecciones en horario de votación tendrán derecho, dentro de la jornada de trabajo, a un permiso retribuido de cuatro horas de duración para el ejercicio del derecho de sufragio, con la correspondiente reducción proporcional en caso de jornada reducida.
Para aquellos trabajadores públicos que se encuentren prestando servicio lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las que se deriven dificultad para ejercer el derecho, la Administración ha adoptado medidas para que dispongan en su horario laboral, de un permiso retribuido de cuatro horas destinado a solicitar la certificación de inscripción en el censo o para la remisión del voto por correo.
Asimismo, los empleados públicos que resulten nombrados presidente o vocal de las mesas electorales y los que acrediten su condición de interventores o apoderados tienen derecho a permiso retribuido de jornada completa el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y el día inmediatamente posterior al día de la votación.
La orden incluye también una medida para los empleados públicos candidatos, que serán dispensados de la prestación del servicio en sus respectivos puestos de trabajo durante el periodo oficial de duración de la campaña electoral, previa solicitud por escrito de los interesados, siendo competencia del titular de la Secretaría General de la Consejería correspondiente la concesión de dicho permiso.