La jueza de la dana dice que la Generalitat tenía un “extenso caudal de información” para avisar a la población con tiempo
La jueza de la dana ha reiterado en un auto dictado este viernes que no ve responsabilidad penal alguna en la actuación de los alcaldes de las localidades afectadas por las inundaciones el 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 230 fallecidos. Una postura, por otro lado, avalada reiteradamente por la Audiencia Provincial de Valencia durante la instrucción del procedimiento. La magistrada rechaza así las diligencias solicitadas en ese sentido por el abogado Ximo Esteve, que ejerce una de las acusaciones particulares en el marco de la causa.
Por el contrario, la instructora recuerda que la consellera competente en materia de protección civil era la investigada Salomé Pradas, que junto con el secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, ostentaban el día de autos la dirección del Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones. “Existe una diferencia radical con la administración local en la competencia en la dirección del plan”, explica el auto, en referencia al “manejo de información” y a las “múltiples herramientas de organización y medios de los que se dispone” la Generalitat desde el Centro de Coordinación de Emergencias.
Además, la jueza remacha que “quienes ostentaban el mando de la emergencia en la Administración autonómica” —Pradas y Argüeso— “contaban con un extenso caudal de información”, que incluye la Aemet, la Associació Valenciana de Meteorologia (Avamet), los medios de comunicación e, “igualmente”, la Confederación Hidrográfica del Júcar o las llamadas al 112.
“A su vez podían ser asistidos por más personal cualificado en emergencias en la reunión del Cecopi. Cuestión distinta es que, pese a ello, los directores del Plan Especial de Inundaciones de la Comunidad Valenciana desconocieran las competencias que les correspondían, o se les plantearan dudas jurídicas sin sustento real, desconectadas con lo que es la necesaria y urgente salvaguarda de la población”, afirma la resolución.
La tesis de las defensas y del PP, “difícilmente sostenible”
Por otro lado, la jueza ve “especialmente significativa” la información que le aportó por teléfono la alcaldesa de Torrent, Amparo Folgado, al presidente de la Diputación de Valencia, Vicente Mompó, sobre el desbordamiento del barranco de Horteta, tributario del Poyo. Mompó, según recuerda la magistrada, participaba en el Cecopi y mantenía una “comunicación fluida y constante” con la consellera Pradas. Mompó fue citado a declarar por segunda vez después de que Folgado desvelara el aviso.
A esa llamada de las 18.38 se sumó una segunda, a las 19.10, dirigida directamente al secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, según destaca el auto.
A la jueza le resulta “difícilmente sostenible” la tesis de que el Cecopi desconocía el estado del barranco del Poyo. También destaca la “carencia de instrucciones” al Centro de Emergencias, que se desprende del audio de una llamada del Ayuntamiento de Utiel para pedir medidas de coordinación en la que un técnico de la Generalitat responde: “Nosotros nunca nos coordinamos en nada”.