El negocio del juego frente al derecho a la salud
Legalizar las apuestas fue dar carta blanca a los traficantes.
“Solo aquellos que nada esperan del azar son dueños de su destino”, Matthew Arnold.
A principios de agosto de 2025, ese mes en el que más desconectados solemos estar de las noticias, tuvimos titulares como los siguientes “Los jugadores online se disparan un 20% tras la sentencia del Supremo que recupero los bonos de bienvenida de las casas de apuestas”[1] a la que otro titular le daba todavía mayor claridad “El regreso de los bonos de bienvenida dispara el número de enganchados a las apuestas online[2]”.
Hablamos de más personas con problemas de ludopatía, que sufren una adicción y todo lo que eso supone, un incremento de casos problemáticos que en este caso se ha visto propiciada por una decisión del Tribunal Supremo.
Estas son solo unas pinceladas en el lienzo, para ver mejor el cuadro hay que coger cierta distancia.
Pero antes hay que hacer una aclaración sobre las apuestas en contraposición al juego.
El juego es una poderosa herramienta educativa, desarrolla nuestras habilidades sociales, incrementa nuestra gestión emocional, nos ayuda a trabajar en equipo, jugando disfrutamos y crecemos como personas.
La apuesta es arriesgar con la especulación de un posible futuro, en el que matemáticamente y en contra de la fantasía de quien, apuesta, “ganara la banca”.
Legislar sobre las apuestas no es novedoso ni baladí. Ya en el siglo III aC, durante la Republica de Roma, se legislaron limitaciones a las apuestas de azar mediante las leyes aleariae, la Iglesia creo prohibiciones en el segundo (1139) y cuarto (1215) Concilio de Letrán, el rey Luis I de Francia prohibía las apuestas en 1254, bajo pena de azotes. El principal motivo era los desórdenes sociales que generaban y la problemática de las deudas, de alguna manera trataban de proteger a la población.
Pero las legislaciones van cambiando cuando quienes gobiernan ven una fuente de ingresos en las apuestas. Así la primera Lotería (1763), creada durante el reinado de Carlos III, tenía el propósito de recaudar fondos para compensar la sangría económica de la Guerra de los Siete Años. La Lotería Moderna, surge en las Cortes de Cádiz, (1811), como "un medio de aumentar los ingresos del erario público sin quebranto de los contribuyentes" tal y como recoge el diario de las Cortes.
A lo largo del siglo XX se incorporó el primer cupón de la ONCE, las quinielas, las apuestas de caballos, los casinos, los bingos y las máquinas tragaperras, conocidas oficialmente como maquinas tipo B.
Pero la historia que más nos interesa se centra en este siglo.
2011, mayo, se legaliza el Juego en línea[3], aprobando la Ley de Regulación del Juego. En pocos meses los conflictos con las apuestas se disparan, baja la edad en la que se tienen problemas y se reduce el tiempo para llegar a tener esos problemas.
La legalización de las apuestas en línea ha facilitado dos de las cosas que más favorecen una adicción.
- La accesibilidad. Disponible, en cualquier lugar y momento.
- Y reducir la sensación de riesgo. “Si es legal no es malo”.
Las plataformas gastan cantidades millonarias en los bonos y en publicidad porque son una inversión muy rentable para ellas, lo que es bueno para las plataformas se convierte en un factor de riesgo para la población, sobre todo para la más joven.
2020, noviembre, el Congreso aprueba el R.D. 958/2020, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego[4], conocido como el decreto de la publicidad del juego. En la que se desarrolla el art. 7 de la Ley de 2011 (publicidad, patrocinio y promoción de las actividades del juego), a propuesta del Ministerio de Consumo.
De esta manera se empieza a dar cuerpo legal a los artículos (art. 6, puntos 2 a y b y al punto 3), que hacen referencia al establecimiento de normas para la protección de menores, incapacitados y quienes se hayan autoexcluido.
Se tardo 10 años (diez años) en legislar sobre este artículo, mientras que hubo una verdadera hemorragia de decretos referentes a la apertura de negocios, fiscalidad, etc...
Entre la Ley y el Real Decreto, los gobiernos centrales bajaron 5 puntos el IVA a las empresas del juego, a cambio se las han subido a quienes “ganan” los premios y Ceuta y Melilla se han convertido en “paraísos fiscales” para estas empresas (solo cotizan el 10%).
El doctor Jerónimo Saiz, que fuera jefe de psiquiatría del hospital Ramon y Cajal e integrante del Consejo Asesor del Juego Responsable, ya apunto que “Cuando modificaron la ley del juego, este paso de depender del Ministerio del Interior a depender del Ministerio de Hacienda. Con lo cual estaba claro que el interés recaudatorio es lo que prima”.
Resultado de la puesta en marcha de este Decreto, es que la incidencia de la ludopatía se reduce, especialmente entre la población más joven. Se crea salud y bienestar.
Los tres actores que temen ver lastrados sus ingresos económicos intentan paralizar la norma y para ello no han escatimado en presiones. Se trata de medios de comunicación, que además cuentan entre sus accionistas con importantes entidades bancarias, equipos de fútbol cuyos presidentes comparten palco de forma habitual con destacados dirigentes políticos y las propias empresas del juego, que cuentan en sus consejos de administración con expolíticos que salieron del servicio público a esos despachos a través de puertas giratorias.
La Asociación Española de Juego Digital, representada por el abogado y vocal conservador del Consejo General del Poder Judicial José María Macías Castaño, recurrió buena parte de la norma ante el Supremo.
La petición de esta Asociación se basaba, prioritariamente, en que se generaría. “una situación de indefensión y desprotección de sus consumidores”, una falacia absoluta cuando sus consumidores (los que ya lo son), no ven limitada su libertad para hacer uso de las plataformas, la limitación/protección se centra en la capacidad de las plataformas para conseguir nueva clientela.
La Asociación de medios de Información también se querello. El ingreso de dinero fácil que se han encontrado muchos medios de comunicación con la publicidad y promociones de las apuestas es ingente y se resisten a perderlo, habría que buscar nuevas fuentes de dinero o desarrollar un buen periodismo, que evidentemente tendría mucho mercado (ante la ausencia del mismo) pero el trabajo bien realizado es caro.
2024, el Tribunal Supremo anula varios artículos[5] que limitan la publicidad y los bonos de las casas de apuestas. Ahora se pueden ofrecer Bonos de bienvenida, realizar Publicidad abierta y emplear a personas famosas en la publicidad.
2025, aumenta un 20% los jugadores online, aumenta el número de personas con problemas con las apuestas, según os datos de la propia Memoria de Actividad del Juego en España[6] y la nota de prensa[7] del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
La relación entre publicidad y bonos con los problemas con las apuestas están más que demostrados en numerosos estudios. Los propios datos de disminución o crecimiento de jugadores según este o no vigente el decreto sobre publicidad, es en sí mismo una confirmación absoluta de esta realidad.
Desde la Educación Social entendemos que el problema de las apuestas no puede abordarse únicamente desde la responsabilidad individual, porque estamos ante un fenómeno social inducido por un entorno altamente incentivador, normalizado y diseñado para generar adicción. La Educación Social trabaja precisamente en ese espacio donde se construyen las conductas: en la prevención comunitaria, en la educación crítica frente a la publicidad, en el fortalecimiento de factores de protección y en la defensa de políticas públicas que reduzcan los riesgos ambientales que empujan a las personas —especialmente a jóvenes y colectivos vulnerables— hacia el juego problemático.
No se trata de prohibir por prohibir, sino de proteger derechos, promover salud y garantizar que el ocio no se convierta en una vía de exclusión, endeudamiento y sufrimiento personal y familiar.
Según los datos de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), los operadores de juego obtuvieron en 2024, más de 8.108 millones de euros en beneficios derivados directamente del dinero perdido por los jugadores.
A las empresas de apuestas les sale muy rentable el juego problemático. Según un estudio realizado por el Observatorio Francés del Juego de Azar (https://www.economie.gouv.fr/files/note_6.pdf), en las apuestas deportivas, el póker, los juegos de casino, y el juego online, el porcentaje de ingresos proveniente de quienes apuestan de forma problemática o patológica oscila entre el 57 y el 76 %, lo que explica el bajo interés de las empresas en luchar contra la adicción salvo cuando no hacerlo puede deteriorar su imagen pública.
La situación no es muy distinta de las que hemos vivido con la legislación sobre el alcohol y el tabaco, sustancias capaces de crear adicción y que dañan la salud. Los colectivos que consideran que se puede obtener dinero de cualquier manera, aun al coste de la salud de otras personas, se oponen a los cambios legales que tratan de prevenir esos daños.
Algunos jueces tampoco priorizan la salud de la mayoría mediante la reducción de factores de riesgo, parece que enriquecerse es un derecho mayor que la salud, a pesar de lo que dice el art. 43 de nuestra Constitución[8].
- Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
- Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
- Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio.
A pesar de que el juego fue la primera adicción sin sustancia reconocida, los jueces, dan más espacio de crecimiento a las empresas de las apuestas en decremento de la seguridad del resto de ciudadanos. Viendo el recorrido de la legislación sobre las apuestas, los diferentes estamentos del Estado llevan caminos divergentes y a veces enfrentados, creando una situación errática y peligrosa.
La vinculación de miembros de la política es amplia y poco clara.
Empezando por Juan Carlos Alfonso Rubio, subdirector general de regulación del juego en el gobierno del PSOE, quien elaboro la legislación de 2011. Alfonso Rubio había estado trabajando para Sogecable, que era accionista de la empresa que explotaba los derechos de imagen del Real Madrid, equipo que firmó un acuerdo millonario con Bwin, (compañía del juego en línea), Bwin fue su patrocinador oficial desde 2007 hasta 2013, llegando a la paradoja de que había publicidad de un producto antes de que este fuera legal.
Pasando por políticos, como Pío Cabanillas, (portavoz del Gobierno con José María Aznar) o Rafael Catalá, (ministro de Justicia con Mariano Rajoy), ambos con vínculos muy lucrativos con Codere. Se da la coincidencia de que Rafael Catalá fue reprobado como ministro de Justicia, como consecuencia de las maniobras dirigidas a obstaculizar determinadas causas judiciales contra la corrupción.
Codere también ha contado con Juan Junquera (secretario de Estado con José Luis Rodríguez Zapatero), en su consejo de administración.
O Andrés Ayala diputado del PP por Murcia y vinculado a Orenes. Empresa a la que se le adjudicaron salas de juego en Aena, cuando esta empresa estatal, estaba presidida por otro político murciano del PP, Jaime García-Legaz.
La última información, es la de los pagos de Codere a la consultora de Cristóbal Montoro (exministro de hacienda en dos gobiernos del PP) para modificar, a medida de sus intereses, la Ley del Juego
Desde la Educación Social nos queda mucho por hacer. Tenemos relaciones de compromiso y vinculación con entornos donde se genera conciencia social, donde se pueden desarrollar acciones de prevención y en última instancia donde podemos ayudar a recuperarse de los conflictos de la ludopatía.
Desde la conciencia social para diferenciar fantasía de realidad, para ser capaces de tomar decisiones desde la madurez, para tener proyectos de vida realizables y que nos dignifiquen.
Trabajar la conciencia social es prevención, pero la prevención va más allá, alternativas, conciencia del riesgo, conocimiento y muy especialmente la prevención ambiental, la que se pudo desarrollar con la legislación que el Tribunal Supremo ha anulado pero que el gobierno dice que volverá a activar mediante otro protocolo distinto.
En el campo del tratamiento hace años que los centros de rehabilitación estamos recibiendo personas con problemas de ludopatía, al principio no se identificaba como la adicción principal por lo que no suele aparecer en las estadísticas como motivo de la demanda de tratamiento, pero desde hace una década el porcentaje de personas que llega con los problemas de juego como motivo del tratamiento es cada vez mayor.
Nuestra actual dirección general de Salud Mental y Adicciones no está dando importancia a las adicciones sin sustancia, pero son una realidad creciente, frente a la que hay que crear mucha prevención, lo que es una de las labores de la Educación Social.
Acabamos de cerrar un año en el que el odio y el egoísmo parecen vencer al amor y la solidaridad, pero hay atisbos de luz, no solo en las brasas que mantienen las personas que creen en la justicia social y en la solidaridad como razón de ser, también en el marco legislativo.
A lo largo de 2025 ha habido avances en torno a la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, mediante un proyecto de ley orgánica por la que los fabricantes de dispositivos tendrán que incluir sistemas de control parental efectivos y se penalizarán las “ultrafalsificaciones” de contenido sexual o finalidad vejatoria. Además, se pretende fomentar el aprendizaje de las competencias digitales y la prevención de las conductas adictivas sin sustancias.
En marzo, el gobierno remitió a las Cortes el proyecto de ley de prevención del consumo de alcohol en menores. La futura ley propone prohibir el consumo a todos los menores y a los adultos en lugares donde la presencia de menores sea mayoritaria, también prohíbe todo tipo de publicidad en los locales de marcas que produzcan bebidas alcohólicas como principal producto. El poder de la industria del alcohol y la colaboración de determinados cargos políticos siempre han sido un freno a las legislaciones que primen la salud frente a los beneficios de unas pocas personas, nos quedan meses para ver que ocurre en este caso.
En septiembre el Consejo de ministros aprobó un anteproyecto de Ley sobre las medidas sanitarias frente al tabaquismo, que fortalece las prohibiciones y trata de proteger a las personas menores de los nuevos productos relacionados con el tabaco, como los cigarrillos electrónicos, productos calentados y bolsitas de nicotina. También reactiva el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, eliminado en el primer gobierno de Mariano Rajoy.
Buenas previsiones que ha de materializarse en leyes y asumirse por la ciudadanía hasta lograr ese cambio cultural que priorice la salud. Una labor educativa y de prevención en las que la Educación social lleva décadas trabajando, bajo el concepto “soy porque somos”, de la filosofía Ubuntu en el que el bien común es el bien propio.
[1] https://www.msn.com/es-es/dinero/noticias/los-jugadores-online-se-disparan-un-20-tras-la-sentencia-del-supremo-que-recuper%C3%B3-los-bonos-de-bienvenida-de-las-casas-de-apuestas/ar-AA1JT5Ak
[2] https://www.abc.es/sociedad/jugadores-perdidas-cara-auge-juego-espana-20250804141419-nt.html
[3] http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-9280
[4] R.D. 958/2020, de comunicaciones comerciales de las actividades del juego.https://www.boe.es/boe/dias/2020/11/04/pdfs/BOE-A-2020-13495.pdf
[5] https://www.poderjudicial.es/cgpj/ca/Poder-Judicial/Tribunal-Suprem/Noticies-Judicials/El-Tribunal-Supremo-anula-varios-articulos-del-Real-Decreto-958-2020-de-comunicaciones-comerciales-de-las-actividades-de-juego
[6] https://app.powerbi.com/view?r=eyJrIjoiNDllNDA0ZTAtZWJjMi00ZjdiLWI0NWYtYjhkMTQwYzZiYTI3IiwidCI6ImY2NTQwYWFiLTlkOWItNDBiNS05ODYzLTQ4YTllMWIyYjU4YyIsImMiOjl9
[7] https://www.dsca.gob.es/es/comunicacion/notas-prensa/consumo-alerta-numero-jugadores-aumentado-mas-20-bonos-bienvenida-ofrecen
[8] https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=43&tipo=2