Renfe e Iryo anuncian que dejarán de indemnizar por los retrasos si estos se deben a las limitaciones de velocidad
Tanto Renfe como Iryo han adelantado que dejarán de indemnizar a los pasajeros que hayan sufrido retrasos en sus viajes de tren si estos se han producido como consecuencia de las limitaciones de velocidad que está aplicando Adif en diferentes tramos por motivos de seguridad.
Tras el accidente de Adamuz, Adif ha activado diferentes limitaciones de velocidad después de recibir diferentes quejas de los maquinistas en diferentes tramos. El 21 de enero, volvió a establecer una limitación a 150 kilómetros por hora en un tramo entre Madrid y Zaragoza de la línea que conecta la capital con Barcelona. También se ha reducido la velocidad máxima en tres puntos de la línea entre Madrid y Valencia.
Esto ha conllevado retrasos que hasta ahora las operadoras indemnizaban según sus políticas. En el caso de Iryo, ya han adelantado a través de un aviso en su página web que “los trayectos entre Madrid y Barcelona y Madrid y Valencia” pueden “sufrir retrasos ajenos a la responsabilidad del operador”. Y que por ese mismo motivo, los billetes que se adquieran después del 28 de enero, “no se podrán considerar aplicables las políticas habituales de compensaciones por retraso”.
El 1 de julio de 2025 se modificaron los criterios de indemnización de impuntualidad de Renfe. Desde entonces, devuelve el importe íntegro del billete de AVE, Avlo, Alvia, Euromed e Intercity cuando el retraso supera los 90 minutos (frente a los 30 minutos hasta entonces), y el 50% con demoras de más de 60 minutos (antes 15 minutos). Esas indemnizaciones de la compañía pública situaron el compromiso de puntualidad al mismo nivel que el resto de los competidores de alta velocidad (Ouigo e Iryo).
Ahora, Renfe indica que “algunos servicios pueden experimentar retrasos ajenos” a la compañía. En su caso, han anunciado que los billetes comprados a partir del 31 de enero no tendrán derecho a estas indemnizaciones “cuando el retraso se deba a estas limitaciones”.
Sin embargo, Facua indica que las compañías deben pagar las compensaciones. “Facua recuerda que estas políticas que ha suspendido Iryo son las propias que la compañía suscribe con sus clientes y que, en caso de un retraso de más de 60 minutos implican el abono del 50% del billete y si es superior a 90 minutos del 100%”, señalan en su web. La organización considera que estas limitaciones tras el accidente de Adamuz “no se pueden considerar dentro de las excepciones que contempla la normativa europea y que exomirían a las compañías de entregar estas indemnizaciones”.
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