Antifraude concluye que un asesor de Pilar Bernabé y un edil socialista deben pagar una penalización que obvia para la consellera de Educación

La Agencia Valenciana Antifraude ha concluido, tras una larga investigación nacida de una denuncia anónima, que el concejal socialista en el Ayuntamiento de València, Javier Mateo, y el asesor y exjefe de prensa de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, Alejandro García, deben indemnizar a la Fundación València Activa y a la Fundación Deportiva Municipal, respectivamente, por haber dejado sin previo aviso sus puestos directivos en ellas: uno para ser concejal en 2023 y el otro para ocupar un cargo de confianza en la Delegación del Gobierno en 2022. El órgano investigador deriva el caso al Tribunal de Cuentas para que considere si existe una “responsabilidad contable” y si corresponde recuperar el dinero de las indemnizaciones, unos 17.000 euros cada uno.

En la resolución de Antifraude, de 77 páginas, el instructor censura tanto el nombramiento de Mateo y García como, sobre todo, que no cumplieran con el preaviso de tres meses exigido al ostentar cargos directivos. Javier Mateo, en sus alegaciones, acreditó que hasta diez directivos nombrados en entidades y fundaciones públicas del Ayuntamiento de València también dejaron sus puestos sin el preaviso obligatorio de tres meses. El más llamativo es el de la actual consellera de Educación, María Carmen Ortí, cuando dejó la dirección de la Universidad Popular. El cese de Ortí fue aprobado el 5 de diciembre de 2025, con efectos desde el día 3 del mismo mes, sin el preaviso marcado por la legislación interna, debido a su entrada en el Gobierno de Juanfran Pérez Llorca.

Así, según la legislación aplicada y citada por Antifraude, tanto Ortí como otros nueve cargos nombrados por el PP en AUMSA, la Fundación Las Naves o la Universidad Popular deberían indemnizar a estas entidades públicas por haberlas abandonado sin previo aviso, ya que podrían haberles causado un perjuicio económico.

En ese sentido, el instructor de Antifraude considera que la relación de ceses posteriores aportada como supuesto “procedimiento habitual” por parte de Javier Mateo no es un eximente. “Los casos enumerados pertenecen a diferentes entidades, años, regímenes jurídicos y causas extintivas, y no se aportan los respectivos expedientes completos, contratos, informes jurídicos o liquidaciones que permitan establecer una comparación homogénea. En todo caso, la repetición de una práctica no determina por sí misma su conformidad a Derecho”, argumenta el instructor.

Eso sí, Antifraude recuerda que la información aportada “podrá ser valorada separadamente a efectos de posibles actuaciones de carácter general sobre la gestión de la alta dirección en el sector público local”. Veremos si la agencia dirigida por Eduardo Beut inicia una causa general contra los exdirectivos o si, a partir de ahora, se suceden una serie de denuncias anónimas que obliguen a Antifraude a mojarse.

Uno de los argumentos de peso que utiliza Antifraude contra el concejal y el asesor es que, antes de que ellos abandonaran las fundaciones, lo hizo una de las subdirectoras de València Activa, María del Mar Marín, a quien la fundación “sí calculó, reclamó y percibió la indemnización correspondiente al preaviso incumplido”. Es decir, sí abonó un pago por salir de la entidad sin cumplir el preaviso de tres meses.

Tanto Javier Mateo como Alejandro García defienden en sus alegaciones que sus contrataciones y sus salidas de las fundaciones estuvieron acreditadas tanto por los patronatos como por los servicios jurídicos, así como por los habilitados nacionales del Ayuntamiento de València. Nadie en las entidades públicas les reclamó el pago de la indemnización.

“No hay causa legal de abstención” de Bernabé

La investigación de Antifraude también indagó sobre un presunto trato de favor entre Pilar Bernabé y Alejandro García, pero concluyó que la “amistad íntima” entre ambos no estaba acreditada cuando García fue nombrado directivo de la Fundación Deportiva Municipal y la delegada del Gobierno era su presidenta. Sí critica unos “riesgos de imparcialidad mal gestionados”, pero reconoce: “Las actuaciones no permiten acreditar una relación de íntima amistad constitutiva por sí misma de causa legal de abstención ni una predeterminación efectiva del procedimiento” de nombramiento de García como subdirector de Promoción Institucional y Comunicación de la Fundación Deportiva Municipal.