Guía de plazos y requisitos de Verifactu para empresas y autónomos a partir del año que viene

Edu Molina

8 de junio de 2026 13:13 h

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Verifactu ya tiene fecha y va a obligar a muchas empresas y autónomos a cambiar la forma en la que trabajan con sus facturas. No es un ajuste menor, porque afecta a algo que forma parte del día a día de cualquier negocio: el programa con el que se registran las ventas y se generan los documentos fiscales.

La medida se enmarca en el plan de Hacienda para tener un mayor control sobre la facturación y avanzar en la digitalización del sistema tributario. La idea es que cada factura deje un rastro claro, que no pueda modificarse después de emitirla sin dejar constancia y que la Agencia Tributaria tenga más margen para detectar irregularidades.

El cambio no llegará al mismo tiempo para todos, pero sí va a tocar a una parte muy amplia del tejido empresarial. Las empresas y los autónomos tendrán plazos distintos para adaptarse, así que la clave está en no dejarlo para el final y revisar con tiempo si el software que se usa cumple o no con lo que pide la norma.

Los plazos de entrada en vigor de Verifactu

Verifactu es el reglamento que define las condiciones que deben cumplir los programas de facturación de empresas y profesionales. Su alcance no se limita a las facturas completas, sino que también incluye las facturas simplificadas y los tickets que emiten muchos pequeños negocios. Lo que quiere la norma es que cada operación quede registrada de forma segura, con trazabilidad y sin posibilidad de que los datos se alteren después sin que quede constancia.

El calendario ya está cerrado tras el aplazamiento aprobado con el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre. La primera fecha clave es el 1 de enero de 2027, cuando la obligación entra para las empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades, incluidas las sociedades patrimoniales. A partir de ahí, esas compañías deberán hacer sus facturas con programas adaptados a los requisitos del sistema.

La segunda fecha es el 1 de julio de 2027. En ese momento, la obligación se extiende al resto de obligados: autónomos en IRPF, comunidades de bienes y otros profesionales que emiten facturas habitualmente. Ese margen extra busca dar más tiempo a los pequeños negocios y a los trabajadores por cuenta propia para que puedan revisar sus sistemas sin ir a la última.

A lo largo de 2026, tanto empresas como autónomos pueden ir adelantando la transición. No hace falta esperar al último momento para cambiar el programa o para actualizar el que ya se tiene. Lo más sensato es mirar con tiempo si el software actual puede adaptarse o si es mejor buscar una solución nueva que ya esté preparada para cumplir con la norma.

Cómo saber si empresas y autónomos deben usar el nuevo sistema

Uno de los puntos claves es que el programa de facturación no puede estar limitado a hacer facturas y nada más. El sistema debe generar un registro por cada factura que se emita y conservarlo con garantías técnicas. Ese registro puede enviarse a Hacienda o dejarlo preparado para su envío cuando la Agencia Tributaria lo pida. En cualquier caso, la factura debe ir vinculada a un sistema que asegure que los datos no se pueden alterar después.

Para eso, el software tiene que tener controles que impidan borrar o modificar datos sin dejar rastro. También debe generar una huella digital única por cada factura y, en muchos casos, un código QR que permita verificar la información. Con estas medidas, Hacienda quiere que cada factura quede bien identificada y que no sea posible alterar la contabilidad de forma opaca.

Verifactu afecta, en la práctica, a cualquier negocio que usa un programa informático para facturar, salvo las excepciones concretas que prevé la normativa. Esto incluye a pymes, autónomos, sociedades y comunidades de bienes que facturan con sistemas electrónicos. No es algo pensado solo para grandes empresas, sino para buena parte de quienes emiten facturas en el día a día.

Para los autónomos, el cambio implica revisar si el programa actual cumple con los nuevos requisitos o si tendrá que ser sustituido. Para las empresas, la adaptación también lleva revisar procesos internos, proveedores tecnológicos y la forma en la que se generan y se conservan los registros. En ambos casos, el objetivo es que la facturación esté alineada con el sistema de control de la Agencia Tributaria.

Qué ocurre si no se utiliza Verifactu

El incumplimiento puede tener consecuencias económicas importantes. La normativa prevé sanciones para quienes usan software que no está adaptado, para quienes manipulan los registros o para quienes impiden que los datos se generen y se conserven correctamente. En los casos más graves, las multas pueden pasar de los 50.000 euros.

Y el riesgo no se queda en una sola infracción. Si la obligación no se cumple cuando llega la fecha, las sanciones pueden aplicarse por ejercicio o por periodo incumplido. Por eso, la adaptación no debería dejarse para el final, porque el problema no es solo técnico: también es fiscal y económico.

En paralelo, Hacienda quiere que este nuevo sistema sirva para mejorar el control automatizado de la facturación y reducir las opciones de fraude. Por eso la norma insiste tanto en la inalterabilidad de los datos, en la trazabilidad de cada operación y en la conservación segura de los registros. No es solo cambiar de software, sino trabajar con una forma distinta de registrar la actividad económica.

La recomendación, en este escenario, es anticiparse. Revisar el programa de facturación, consultar al proveedor si será compatible con Verifactu y resolver cambios con tiempo puede evitar problemas cuando la obligación sea definitiva. A partir de ahí, cada negocio tendrá que ajustar su operativa a un sistema que busca más control, más trazabilidad y menos margen para la alteración de facturas.