La comisión de control policial suspende tres investigaciones sobre actuaciones de la Ertzaintza en Rekalde, Vitoria y Sestao
La comisión de control y transparencia de la Policía vasca, que analiza operativos controvertidos de la Ertzaintza o de los cuerpos locales y que desde hace unos meses está presidida por Enrique Lucas, ha cambiado radicalmente el criterio de la etapa anterior, la de Juan Luis Ibarra, y ha acordado la suspensión de tres investigaciones en marcha por estar abiertas en paralelo actuaciones judiciales. Se trata de tres intervenciones de la Ertzaintza, la que dejó un joven con lesiones en un testículo en el barrio de Rekalde de Bilbao (abril de 2025), la denuncia de otro varón por heridas presuntamente causadas en la cara por un proyectil de 'foam' de la Brigada Móvil en el marco de los disturbios tras la visita de la Falange a Vitoria (octubre de 2025) y una intervención en Sestao que dejó dos heridos, madre e hijo (febrero de 2026). Por el contrario, la comisión sí ha emitido su dictamen sobre una detención de la Policía de Getxo y ha estimado que los dos agentes actuantes lo hicieron con plena proporcionalidad.
Hasta ahora, la comisión había defendido que su labor era totalmente diferente a la penal y, no solamente eso, lanzó incluso en sus memorias de la etapa de Ibarra críticas a Asuntos Internos de la Ertzaintza por intentar establecer como requisito para trasladar información policial —que no judicial— el que lo autorizara el Tribunal de Instancia correspondiente. En uno de los informes, se hablaba de que “los responsables policiales” se habían “auto-otorgado” la “facultad de establecer una nueva condición, como sería la obtención de autorización judicial expresa”. La labor de la comisión había servido para ofrecer recomendaciones en las actuaciones policiales, como la exigencia del uso de 'body cams', cámaras en el unifome que grabaran detenciones o cargas.
Dentro de una renovación de vocalías de la comisión, Ibarra, que venía de ser presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, presentó su renuncia y el nuevo presidente de este grupo de trabajo pasó a ser Lucas, exvocal del Consejo General del Poder Judicial a propuesta del PNV. En esta nueva etapa, se da por bueno que Asuntos Internos no entregue el material si el juzgado no le da luz verde. Y son ya tres las investigaciones suspendidas por este motivo, cuando en toda la historia del organismo eso no había sucedido nunca.
El detalle de los cuatro casos
Sobre el caso de Rekalde, se indica que “el juzgado N.º 4 de Bilbao [en referencia a la plaza 4 de la sección de Instrucción del Tribunal de Instancia] no ha aprobado el acceso de la [comisión] al atestado policial levantado sobre la actuación policial”. Y se añade que “la negativa se expresa en unos términos claros y terminantes que no dejan lugar a la duda”. La comisión, por lo tanto, “no está en condiciones de elaborar su informe —ni lo estará— hasta que la autoridad judicial no apruebe el acceso al atestado y a la demás información relevante del caso o recaiga resolución firme que ponga fin a la vía judicial, una vez agotadas todas las instancias y recursos legalmente posibles”. Como referencia comparativa, la sentencia firme sobre la muerte de Íñigo Cabacas tras recibir en 2012 en la cabeza el impacto de una pelota de goma no llegó hasta 2021.
El segundo asunto que ahora queda en suspenso es el relativo a la denuncia de un joven por lesiones en la cara en el marco de las cargas de la Ertzaintza en Vitoria el día de la fiesta nacional de España, donde hubo un acto del que fuera partido único de la dictadura y contramanifestaciones. La comisión pidió información a Asuntos Internos, esta unidad pidió permiso al juzgado y el Tribunal de Instancia de Vitoria indicó que todos los sumarios son inaccesibles para las partes no personadas. “La decisión judicial priva a esta comisión del conocimiento del documento legalmente previsto para dejar constancia de los hechos averiguados, las declaraciones e informes recibidos y la anotación de todas las circunstancias de la actuación policial investigada. Es decir, de una fuente principal de información sobre lo sucedido”, se puede leer en la resolución.
Y hay un tercer expediente en idénticas circunstancias. A finales de febrero, en Sestao una patrulla camuflada, de dos componentes, tuvo un encontronazo con un grupo de personas en la calle de José Antonio de Aguirre y “emplearon la fuerza”. Fueron tres los detenidos por zarandear el vehículo policial. Uno de ellos refirió dolor testicular y su madre también aportó un parte de lesiones del hospital de Cruces. En este caso, los argumentos de la comisión son los mismos, incluso textuales en su redacción. No tienen permiso judicial para ver la documentación de la propia Ertzaintza y, por lo tanto, queda suspendida la investigación.
Se da la circunstancia de que este organismo tiene encomendada la revisión de otras actuaciones, particularmente la del aeropuerto de Loiu durante el recibimiento de activistas de la flotilla Global Summud. Es un asunto que también está judicializado, por lo que de mantenerse el mismo criterio tampoco se emitiría ningún informe de conclusiones o recomendaciones.
En este contexto, la comisión sí ha resuelto otro tema que tenía pendiente. Se deja claro que es un asunto sobre el que no pesaba actuación judicial alguna. Se trata de una detención de la Policía Local de Getxo. Se indica que los dos agentes municipales intervinientes lo hicieron ajustándose a los criterios de proporcionalidad. Sí se entiende que “debió aplicarse un plus de diligencia”, porque la reducción del arrestado que fue grabada en vídeo y que incluyó algunos golpes llegó después de que se le aflojaran los grilletes y el arrestado pudiera escaparse.
Como recomendaciones, se pide una “generalización” de las 'bodycam' también en cuerpos locales para evitar las diferentes “interpretaciones” de los vídeos que pueden grabar particulares, regular el “afojamiento” de los grilletes para evitar que eso pueda convertirse en un problema añadido —incluso ser empleados como “arma peligrosa” a modo de “puño americano”— y, en general, regular la vigilencia y las normas para actuar con personas bajo arresto.