Extremadura aprueba por vía de urgencia la rebaja del impuesto de donaciones

Con varios meses de retraso, la Junta de Extremadura ha aprobado la bonificación al 99% del impuesto de donaciones, aunque se aplicará con carácter retroactivo desde enero. Lo ha hecho este miércoles el Consejo de Gobierno tras incluirlo en un decreto-ley ómnibus, que también establece medidas urgentes en respuesta a los desplazamientos de personas por razones humanitarias y para la mejora de la calidad en la contratación púbica para la reactivación económica.

La rebaja del impuesto de donaciones fue un compromiso anunciado por el presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, hace un año en el debate del estado de la región y tendría que estar en vigor desde inicios de este año. Sin embargo, se incluyó en la ley de medidas para la mejora de los procesos de respuesta administrativa y la prestación útil de los servicios públicos, que aún espera el dictamen del Consejo de Estado.

Por este motivo, el Gobierno autonómico ha decidido incluirlo en este decreto-ley, que ha sido aprobado con carácter de urgencia, ha afirmado el portavoz de la Junta, Juan Antonio González. Esta medida tributaria supondrá una bonificación del 99% de las donaciones de hasta 300.000 euros entre padres, hijos y cónyuges, y esa rebaja llegará hasta los 450.000 euros si el beneficiario es una persona que tiene reconocida alguna discapacidad.

Esta medida tendrá un impacto de 2 millones de euros en la recaudación, tal y como se recogen en los presupuestos autonómicos para este ejercicio. A pesar de ello, González ha afirmado que es una “buena noticia para Extremadura” porque contribuye a la armonización fiscal con las otras comunidades autónomas.

Además, en el apartado tributario, la norma “actualiza” el impuesto de matriculaciones. En concreto, se modifican los tipos de gravamen correspondientes a aquellos vehículos con mayores emisiones de CO2 o de más elevado valor. Para el resto de vehículos, se aplicarán de los tipos de gravamen generales establecidos en la Ley 38/1992 de impuestos especiales.

El nuevo procedimiento de medición de gases contaminantes tiene como efecto directo el aumento de las calificaciones de CO2 por lo que determinados vehículos que anteriormente estaban exentos con las nuevas mediciones podrán pasar al tramo siguiente, y tributar a un tipo impositivo del 5,20%. Con la finalidad de adaptar la carga impositiva al nuevo sistema de medición, dentro de la capacidad normativa de Extremadura, se mantiene el aumento del tipo de gravamen exclusivamente a los medios de transporte más contaminantes, que son los correspondientes a los epígrafes 4º y 9º de la Ley 38/1992, de impuestos especiales.

Esta medida entrará en vigor el día 1 del segundo mes siguiente a aquel en el que se produzca su publicación en el DOE

Obra pública

Por otro lado, el decreto -ley incluye la revisión de los precios de las obras públicas con motivo del encarecimiento de los materiales y ante el “agravamiento de la situación”, lo que puede “colapsar” la contratación pública. Por ello, el Consejo de Gobierno ha aprobado algunas modificaciones a la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley de Presupuestos Generales de Extremadura.

De este modo, podrán incluirse en el ámbito de aplicación de aquélla los contratos de suministros de materiales y de servicios necesarios para la ejecución de una obra pública por estar directamente afectados por la situación de los precios, ya que el incremento de éstos no afecta exclusivamente a las obras, entendidas en sentido estricto, sino también a servicios y suministros sin los cuales sería imposible llevar a cabo esos trabajos, con la consecuente repercusión para los intereses públicos.

Por otra parte, se eliminan los porcentajes que limitaban el acceso a los beneficios por la subida del precio de los materiales. Este decreto ley sustituye esos porcentajes por un límite mínimo de precios que posibilitará un acceso más adecuado a los beneficios.

Renta mínima para ucranianos desplazados

Por último, el decreto-ley contiene medidas urgentes en respuesta a los desplazamientos de personas por razones humanitarias a causa de la guerra en Ucrania. Por ejemplo, a estas personas no se les exigirá el requisito de residencia previa en Extremadura para poder acceder a la prestación de la Renta Extremeña Garantizada.

Por otra parte, el Sistema Educativo Extremeño, el SES, los servicios sociales de todos los Ayuntamientos y los Programas de Atención a Familias colaborarán con la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias en relación con la llegada de personas desplazadas de Ucrania a la región.

Asimismo, la Junta de Extremadura creará un Registro de Familias Solidarias que hubieren expresado o expresen su voluntad de acoger familias ucranianas con menores o menores que procedan de Ucrania. También se crea la figura del Acogimiento Temporal Solidario en respuesta a la necesidad de ofrecer protección a los menores de origen ucraniano que hayan llegado a Extremadura