Condenado a 11 años de prisión un hombre por agresión sexual y corrupción de menores en Cáceres
La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a un hombre a un total de 11 años de prisión por los delitos de agresión sexual a una menor, corrupción de menores, facilitar la difusión de material pornográfico y tenencia de material pornográfico infantil. Por contra, el tribunal ha absuelto al procesado de otros delitos imputados inicialmente, entre ellos elaboración de material pornográfico, acoso telemático y otras dos agresiones sexuales.
La Audiencia Provincial subraya que la sentencia se dicta tras juicio oral celebrado a puerta cerrada, con pruebas preconstituidas y declaraciones grabadas, garantizando los derechos de defensa del acusado y la protección de la víctima durante todo el proceso.
Se ha establecido la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros de su domicilio, centro educativo o cualquier otro lugar frecuentado durante un periodo de hasta 14 años, así como la prohibición de comunicarse con él por cualquier medio durante el mismo tiempo.
Además, el condenado afronta inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que implique contacto con menores durante 18 años, y libertad vigilada por nueve años tras cumplir las penas de prisión. También se le impone inhabilitación para ejercer derechos de patria potestad, tutela o acogimiento durante ocho años.
En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la víctima con 30.000 euros por daños morales, más los intereses legales correspondientes. La sentencia, recogida por Efe, también decreta el decomiso de todos los efectos intervenidos utilizados para cometer los delitos.
Según el fallo, los hechos probados ocurrieron entre 2020 y 2022, cuando el acusado contactó con la víctima y otros menores mediante plataformas de mensajería y webs de citas, llegando incluso a mantener encuentros físicos con fines sexuales.
La sentencia destaca que la víctima “sufrió ansiedad, sentimientos de culpa y alteraciones en su rendimiento escolar, lo que requirió tratamiento psicológico para normalizar su estado emocional”. La resolución recuerda que el condenado puede interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).