Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El PSOE convierte su Comité Federal en un acto de aclamación a Pedro Sánchez
Las generaciones sin 'colchón' inmobiliario ni ahorros
Opinión - El extraño regreso de unas manos muy sucias. Por Pere Rusiñol

Marina Castaño y un exconselleiro de Fraga, absueltos de malversación en la Fundación Camilo José Cela

Marina Castaño, absuelta de malversación de caudales en la Fundación Cela

Miguel Pardo

0

Marina Castaño, el ex-conselleiro Dositeo Rodríguez, su hija Covadonga Rodríguez y Tomás Cavanna han sido absueltos por la Audiencia Provincial de A Coruña de un delito de malversación de caudales públicos en la Fundación Camilo José Cela.

La viuda del escritor gallego y ex-presidenta de la entidad, el ex-miembro de los gobiernos de Fraga y ex-patrono y la actual subdirectora de la entidad estaban acusados de simular el despido del director gerente de la institución en 2010, Tomás Cavanna, por la que cobró una indemnización de 150.000 euros. La denuncia había sido presentada por el Ministerio Fiscal, el Estado y la Agencia Tributaria y el fiscal pedía cuatro años y medio de prisión y ocho de inhabilitación para todos ellos.

A pesar de los indicios, el tribunal considera que “no son suficientes para inferir con certeza, más allá de toda duda razonable, que el despido fuese una simulación. Esto es, que tal despido no existió, que todo fue consecuencia de un acuerdo o connivencia entre los acusados para dar al director gerente un dinero sin que hubiera razón para esto, puesto que tenía la intención de marcharse voluntariamente de la Fundación”, dicen los magistrados.

La sentencia considera que la interpretación conjunta de los indicios “no permite considerar que la única inferencia posible sea la existencia de un despido simulado” y advierte de que esta interpretación “hace plausible una alternativa, un despido real con pago de una indemnización de 150.000 euros con la que estuvieron conformes el Patronato y la Xunta”. La Audiencia recuerda que para absolver a los acusados “no es necesario afirmar que el gerente nunca tuvo intención de marcharse y fue despedido contra su voluntad”, sino que es suficiente “con que esa alternativa exista y sea plausible, que lo es, por lo menos tanto como la de las acusaciones”.

En un auto del pasado junio, antes de la apertura del juicio oral, la jueza consideraba que se había producido una malversación de caudales públicos y advertía que desde el año 2007 más del 50% de los ingresos de la Fundación provenían de subvenciones públicas y que en 2010, cuando Tomás Cavanna dejó la Fundación con la indemnización de 150.000 euros, la entidad ya tenía la consideración oficial de Fundación Pública Gallega. Por tanto, consideraba que los acusados eran funcionarios públicos a efectos penitenciarios al llevar a cabo funciones en una fundación del sector público y que el dinero implicado en la investigación eran caudales públicos, por lo que consideraba justificado abrir juicio contra ellos.

No obstante, en la sentencia, los magistrados subrayan que los fondos con los que se pagó la indemnización eran “públicos en su origen” pero privados en el momento en el que se entregaron porque se integraron en el patrimonio de la Fundación, por lo que “no podían ser objeto del delito de malversación”.

Pago de la indemnización con dinero público

La Consellería de Cultura había avalado que la Fundación Cela pagara en 2010 con dinero público esta indemnización de 150.000 euros a Tomás Cavanana. Lo monto de ese desnudado fue comunicado, según el relato del tribunal, por Dositeo Rodríguez,que había sido conselleiro de Manuel Fraga durante una década y patrón de la fundación, al entonces secretario general de Cultura, Antonio Fernández-Campa y al entonces secretario general de la Presidencia, Valeriano Martínez, hoy conselleiro de Facenda.

Posteriormente, la Xunta rescató a la Fundación Cela en plena ola de recortes. Mientras los presupuestos culturales cayeron a plomo durante los peores años de la crisis, tan sólo una partida mantenía una aportación económica idéntica durante varios ejercicios y a pesar de las retalladas en otros ámbitos. Al otro lado de esto, la institución había sido nacionalizada por el Ejecutivo gallego en abril de 2012 tras años de degradación y mala gestión económica, agudizada tras la muerte de su fundador en 2002, año desde que asumió el control de la entidad a viuda del Nobel, Marina Castaño.

En el juicio, las acusaciones habían insistido en que la Fundación era en mayo de 2010, cuando se acordó el despido, una fundación pública. Pero los magistrados matizan ahora: “No es razonable que una fundación sea pública un año, por proceder sus ingresos mayoritariamente de subvenciones en ese ejercicio, y privada al siguiente, por haber disminuido las subvenciones o haberse incrementado los ingresos privados”.

Segundo el tribunal, la Fundación “era de naturaleza privada cuando se creó por su fundador y con esa naturaleza siguió hasta que el Consello da Xunta adoptó la decisión de incroporarla como entidad publica el 26 de abril de 2012”. Por tanto, y a pesar de su funcionamiento como ente público y las importantes subvenciones, los magistrados entienden que no fue hasta que el Consejo rescató la entidad cuando se podía considerar pública.

“La conclusión es que los fondos con los que se pagó la indemnización a Tomás, públicos en su origen, se integraron en el patrimonio de la Fundación y eran privados en el momento en el que se entregaron, por lo que no podían ser objeto del delito de malversación”, insisten. “En otro caso, ante las complejidades de la cuestiones, me los estaría ante un error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción criminal que excluiría la responsabilidad criminal”, añaden.

La descripción que de los hechos había realizado la Audiencia en 2016 era clara al hacer alusión a la firma el 27 de julio de 2015 de una adenda entre la Fundación y la Xunta “con posterioridad por lo tanto a la conciliación, para financiar los gastos de personal en 2010”. El convenio firmado entre Cultura y la fundación “establecía una subvención para gastos de personal para 2010 de 154.360 euros (insuficiente para pagar esa indemnización a Tomás Cavanna), la adenda firmada posteriormente incrementó esa cantidad hasta 355.000 euros”.

La Fiscalía ya ha advertido de que analizará la sentencia para decidir si presenta recurso en los próximos días. 

Etiquetas
stats