Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Gobierno y PP reducen a un acuerdo mínimo en vivienda la Conferencia de Presidentes
Incertidumbre en los Altos del Golán mientras las tropas israelíes se adentran en Siria
Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

1,6 millones para la rehabilitación de edificios en el Casco Antiguo y los Ensanches de Pamplona

El patio interior de un edificio en el Casco Antiguo

elDiario.es Navarra / Europa Press

0

La convocatoria de ayudas del Ayuntamiento de Pamplona destinada a la rehabilitación de edificios en el Casco Antiguo, el Primer Ensanche y el Segundo Ensanche cuenta con un presupuesto de 1.615.000 euros. El plazo de presentación de proyectos está abierto hasta el próximo 2 de diciembre y se trata de fomentar la realización de actuaciones de rehabilitación integral en inmuebles.

Los 1,6 millones de euros se reparten en 1.580.000 euros para obras de rehabilitación y renovación de edificios y 35.000 euros para préstamos a personas propietarias usuarias sin recursos económicos. De conformidad con lo establecido en la Ordenanza Reguladora de las Ayudas Municipales a la Rehabilitación de Edificios, sólo se concederán ayudas a las actuaciones que hayan finalizado las obras consideradas necesarias en el correspondiente informe técnico emitido previamente por la Oficina de Rehabilitación de Viviendas.

En su caso, la solicitud de la comunidad de propietarios y las solicitudes individuales formarán parte del expediente y deberán entregarse juntas, debiendo adjuntarse tantas solicitudes como titulares interesados en obtener la subvención existan en el inmueble o edificio. Será requisito común a todas las solicitudes de ayuda y/o préstamo contar con la calificación del expediente como de rehabilitación protegida.

Los requisitos para optar a las ayudas podrán ser realizadas por las personas físicas o jurídicas que ostenten y acrediten la condición de propietario, inquilino o usuario no propietario. Asimismo, podrán obtener la condición de beneficiarias las comunidades de propietarios en los supuestos y términos contemplados en la Ordenanza Reguladora de las Ayudas Municipales a la Rehabilitación de Edificios.

Las personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas presentarán sus solicitudes en las oficinas de asistencia en los registros municipales o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de personas jurídicas y resto de solicitantes que estén obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas, las solicitudes deberán presentarse telemáticamente a través del trámite 'Instancia general y envío al registro electrónico', publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.

Comprobado el cumplimiento de los requisitos personales de los solicitantes y técnicos de los proyectos se procederá a la calificación del expediente y concesión de licencia. Obtenido el visto bueno de los servicios técnicos, se formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, y se trasladará al órgano competente para la resolver el procedimiento.

El orden de concesión de las ayudas vendrá determinado por la fecha de entrada en la Oficina de Rehabilitación de Viviendas de la documentación completa justificativa de la correcta ejecución de las obras de rehabilitación. La tramitación de las ayudas económicas personales que puedan corresponder a las personas interesadas se realizará de forma conjunta con el resto de ayudas que se pudieran percibir por la comunidad de propietarios. El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 meses.

Etiquetas
stats