La asistente de Begoña Gómez recurre el auto del juez Peinado por “grave, impertinente y desconsiderado”
La defensa Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gómez, cree que el auto del juez Juan Carlos Peinado por el que acordaba que a ambas se les retirara el pasaporte ante el peligro de que se fugaran no hay por donde cogerlo. Considera que ni hay delitos que sustenten las cautelares ni existe ese riesgo de fuga. A pesar de todo, ha sido la primera en entregar su pasaporte al juez.
En el recurso, al que ha tenido acceso elDiario.es, califica de “grave, impertinente y desconsiderado” el auto del pasado 15 de junio en el que, entre otras cosas, se apuntaba a que la escolta policial de la esposa de Pedro Sánchez podría colaborar en un momento dado para que Gómez se convirtiera en toda una fugitiva de la justicia.
Para el letrado José María de Pablo el auto introduce “consideraciones puramente especulativas” y “conjeturas” sobre ese riesgo de fuga que es “digno de todo reproche en un Estado de Derecho” y lamenta que el magistrado tire de jurisprudencia en su resolución “completamente improcedente”. Como ejemplo, Peinado usó una sentencia en la que se valoró un supuesto de prisión provisional en una causa por tráfico de drogas y pertenencia a organización criminal, en la que el riesgo de fuga se fundaba en vínculos con la organización criminal, la carencia de medios lícitos de vida y la peligrosidad derivada de la actividad de narcotráfico.
En su recurso de queja alega, además, que tiene “arraigo laboral” -es personal eventual de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, con más de ocho años de antigüedad-, “arraigo personal, familiar y social”, un comportamiento procesal irreprochable y se da una ausencia de vínculos internacionales “que pudieran facilitar o favorecer una hipotética huida”.
El letrado va más allá y expone sus dudas sobre la apariencia de imparcialidad que un juez debe mostrar ante una causa que tenga entre manos. Y al hilo expone un episodio acaecido en la vista celebrada el pasado 15 de junio, cuando se mostró contrario a que la acusación popular retirara su petición de cautelares contra el empresario Juan Carlos Barrabés. “Requirió verbalmente e interpeló al letrado de la acusación popular en términos que evidenciaban su disconformidad con dicha renuncia y su propósito de que la parte mantuviera la solicitud de medidas”, explica, para añadir que “asumió una posición activa dirigida a promover o provocar una petición de gravamen personal contra un investigado”.
Saca a colación la doctrina Otegi del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por la que se condenó a España y la sentencia del Supremo que anuló la sentencia al apreciar que la pregunta de la presidenta del tribunal a Arnaldo Otegi y, muy particularmente, su reacción ante la negativa del acusado a contestar, “podían interpretarse desde una perspectiva objetiva como expresión de una opinión previamente formada sobre la culpabilidad del acusado”. “La traslación al presente supuesto es evidente, mutatis mutandis”, indica.
“No se trata de que el juez haya anticipado una convicción sobre la culpabilidad definitiva de los acusados, sino de que habría exteriorizado, antes de resolver sobre las medidas personales de mi patrocinada, una posición previa favorable a la imposición de medidas cautelares a los investigados, hasta el punto de intentar que la acusación popular mantuviera una petición que expresamente retiraba respecto de otro coacusado”, lamenta ahora el abogado de la asistenta de Begoña Gómez.
Fue el pasado sábado cuandoel juez Juan Carlos Peinado decidió enviar a juicio a Begoña Gómez, retirarle el pasaporte y obligarle a comparecer quincenalmente ante el juzgado cinco días después de su comparecencia en los juzgados de la Plaza de Castilla. El magistrado tomó la decisión después de que durante esa vista una de las acusaciones populares del caso, el grupo ultracatólico HazteOir, solicitara precisamente que le fuera retirado el pasaporte y que fuera obligada a comparecer cada 15 días en el juzgado. También imponía idénticas medidas a la exasesora de Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, pero no al empresario Juan Carlos Barrabés. La comparecencia quincenal no podrá ser en cualquier juzgado, sino que tendrá que ser en el de Peinado, situado en la Plaza de Castilla de Madrid.