La Junta Electoral acepta dividida el freno a la ley de nietos que impone el Supremo
La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado en su reunión extraordinaria de este lunes evitar el choque con el Tribunal Supremo y dar cumplimiento a su mandato sobre la ley de nietos, según informan a elDiario.es fuentes conocedoras del contenido de la reunión.
Tras dos horas de reunión, el órgano ha acordado por siete votos a seis no impugnar la decisión del Alto Tribunal de limitar de forma cautelar el derecho al voto de los descendientes de españoles represaliados del franquismo y, siguiendo el mandato de los magistrados, ha decidido ordenar a los consulados que desglosen el censo para verificar la condición de descendiente de exiliado de cada uno de los nacionalizados a través de esta ley.
Según la decisión de los jueces de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, sólo podrán seguir en el censo aquellos que acrediten tras otro largo proceso burocrático que son familiares de exiliados. Su pronunciamiento pone en el foco una instrucción del Ministerio de Justicia que presume que son exiliados “todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955”.
Según los jueces, el “significativo” incremento del censo producido tras la “interpretación” contenida en esa instrucción “podría no ajustarse al contenido” de la propia ley de nietos. Y acuerdan mantener la inscripción en el censo solo de quienes puedan acreditar con “prueba documental individualizada” que sus ascendentes fueron perseguidos o exiliados “sin aplicar dicha presunción”.
En la reunión de este lunes, el pleno rechazó la interposición de un recurso contra esas resoluciones del Alto Tribunal en una ajustadísima votación que se resolvió por siete votos a seis. El presidente del órgano, Eduardo Calvo, expresó en sus intervenciones motivos a favor y en contra de recurrir y, finalmente, se decantó por la segunda opción. Impugnar esas resoluciones habría supuesto un conflicto institucional sin precedentes con el Supremo, tribunal al que pertenecen ocho de los miembros de este órgano.
Por otro lado, la Junta abordó la fórmula para dar cumplimiento a los requerimientos fijados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo. De acuerdo a las fuentes consultadas, parte del pleno planteó que la propia Junta Electoral asumiera directamente un estudio de cada expediente en cada oficina consular. Por otro, se puso sobre la mesa la opción de limitar la actuación del órgano a trasladar el mandato del Supremo directamente a los consulados.
Finalmente, esta última vía se impuso por ocho votos a cinco. En consecuencia, serán los cónsules encargados de los registros los que deban exigir y certificar la prueba documental e individualizada del exilio sin aplicar la presunción general contemplada en la instrucción dictada por Justicia hace cuatro años.