Minuto a Minuto MINUTO POLÍTICO | Todas las reacciones a la sentencia del procés, en directo
El fallo niega que la violencia fuera suficiente para la independencia y defiende que solo con el anuncio del 155 “la conjura fue abortada”
El tribunal considera probada la existencia de violencia pero no la suficiente para acreditar un delito de rebelión. Explica el fallo que debería haberse dado de un modo “instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios, a los fines que animan la acción de los rebeldes” y que no fue así.
Asimismo, el fallo destaca que los hechos de violencia puntual que se dieron tuvieron “absoluta insuficiencia” para “imponer de hecho la efectiva independencia territorial y la derogación de la Constitución en el territorio catalán”. “Es violencia para lograr la secesión, no violencia para crear un clima o un escenario en que se haga más viable una ulterior negociación”, añade sobre el verdadero propósito de los acusados.
El Supremo asegura que “bastó una decisión del Tribunal Constitucional para despojar de inmediata ejecutividad a los instrumentos jurídicos que se pretendían hacer efectivos por los acusados”. El fallo se recrea en este argumento al añadir: “La conjura fue definitivamente abortada con la mera exhibición de unas páginas del Boletín Oficial del Estado que publicaban la aplicación del artículo 155 e la Constitución a la comunidad autónoma de Cataluña”. Aquellas disposiciones del Estado, autorizadas al Gobierno por el Senado“ ”se aplicaron con normalidad“ y provocó en algunos de los procesados su ”repentina huida“.
En este apartado, el ponente del fallo, Manuel Marchena, dedica una frase a ámbitos extrajurídicos para reprenderlos: “Resolver el juicio de tipicidad respondiendo con un monosílabo a la pregunta de si hubo o no violencia, supone incurrir en un reduccionismo analítico que esta sala no puede suscribir”.
Informa Pedro Águeda.