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El Supremo confirma 12 años de cárcel a un guardia civil por abusar de su ahijada

Un agente de la Guardia Civil

Alberto Pozas

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El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de 12 años de cárcel impuesta a un agente de la Guardia Civil que, durante años, abusó sexualmente de la hija menor de edad de una amiga aprovechando que pasaba las vacaciones en su casa de Almuñécar. Los jueces rechazan el último recurso de este agente, que ha insistido hasta el último momento en acusar a la víctima, su propia ahijada, de enfrentarse a este proceso judicial para conseguir dinero. La joven, sin embargo, ha explicado siempre que terminó contando a su madre lo que sucedía año tras año cuando se enteró de que el pederasta empezó a pedir que su hermana pequeña también fuera con ellos.

Las tres sentencias del caso, a las que ha tenido acceso elDiario.es, revelan que el acusado era agente de la Guardia Civil y que conocía desde hace años a la madre de la víctima, hasta tal punto de que había sido el padrino de la niña en el bautizo. Fruto de esa relación casi familiar la niña pasaba muchas vacaciones de Semana Santa, Navidad y verano en su casa de la localidad de Almuñécar, en Granada, junto con el resto de la familia del pedófilo.

El guardia civil, según declara probado el Tribunal Supremo en firme, aprovechaba los muchos momentos que pasaba a solas con su ahijada para abusar sexualmente de ella. Lo hizo por primera vez cuando la niña tenía 11 años de edad y perpetuó los abusos bajo amenazas de perjudicar a su familia y el abuso de su superioridad física, además de su ascendencia como padrino. Los abusos se prolongaron, según relató la víctima, durante tres años.

La joven, como es habitual en casos de abusos a menores por parte de alguien de su entorno, tardó en relatar a su madre lo que estaba haciendo su padrino, y lo hizo cuando sospechó que podía intentar abusar también de su hermana pequeña. El pedófilo empezó a insistir a la madre de la víctima en que la hermana pequeña, que acababa de hacer la comunión, también acudiera con ellos a Almuñécar a pasar periodos vacacionales. Fue entonces cuando la víctima explicó a la madre por qué no quería volver y por qué su hermana pequeña tampoco debía ir a casa del guardia civil, por temor a que también abusara de ella.

El Tribunal Supremo acaba de confirmar su condena de 12 años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales, aunque el expediente del caso revela que en un primer momento se enfrentó a condenas mucho mayores. La Fiscalía, por ejemplo, llegó a solicitar más de medio siglo de prisión al entender que cada episodio de abusos debía ser considerado como un delito autónomo, y no todos un único delito de abusos. La acusación particular le atribuyó, igualmente sin éxito, un delito de violación y no solo de abuso sexual. Ninguna de las dos acusaciones recurrió cuando, en primera instancia, la Audiencia de Granada le impuso 12 años de presidio por un único delito.

La sala de lo penal del Supremo explica en su resolución que la declaración de la víctima —que para cuando llegó el juicio ya era mayor de edad— es “un dato básico” para la condena del guardia civil pero no es la única y no es, como insistía su defensa, una “maquiavélica estratagema” para, como alegaba, conseguir 150 euros que él supuestamente le había prometido para un viaje.

Esta estrategia para desacreditar el testimonio de la joven se canalizó en el juicio también a lo largo de varios testimonios que, según dijo el Tribunal Superior de Andalucía, estaban “claramente orientados a favorecer” al agente. Testimonios no tenidos en cuenta por la Justicia que, por ejemplo, apuntaban a supuestos comportamientos sexuales de la niña o de consumo de drogas. Ella explicó que fue el acusado el que, durante los abusos, le proporcionó marihuana a cambio de su sometimiento.

Un segundo guardia civil, absuelto

El caso, según revelan las diversas sentencias dictadas a lo largo del procedimiento, arrancó con dos guardias civiles en el banquillo. Según declara probado en firme la Justicia de forma unánime, en una de las ocasiones el pedófilo acudió al encuentro de la víctima acompañado de otro guardia civil más joven con el que estaba patrullando. Los dos, según los jueces, instaron a la menor a subir con ellos a un vehículo y mantener sexo oral con ambos a cambio de diez euros.

Ella se negó y ese episodio concreto no fue a más, el último antes de que contara todo a su madre y se presentara la primera denuncia. La Fiscalía llegó a pedir seis años de prisión para él por un delito de corrupción de menores, pero la Audiencia de Granada optó por absolverle y, en general, por no considerar ese ofrecimiento sexual como algo punible para los dos guardias civiles.

Los jueces de la Audiencia entendieron que no había pruebas que demostraran que esa petición de mantener sexo oral a cambio de diez euros no fuera una broma de los dos agentes a la menor de edad. La oferta, reconocieron los magistrados, era “explícita” pero albergan “dudas” sobre si era una propuesta seria o con connotación sexual. Considera que ese comentario fue hecho “animado por una intención vejatoria y de humillación de la víctima, al tiempo que de presunción de su dominación o ascendencia sobre la menor ante su compañero”.

Según los jueces, el comentario era humillante pero después de varios años de abusos no buscaba mantener ninguna relación sexual. “No hubo insistencia alguna en la solicitud, según la propia menor. No le mostraron dinero”, zanjaron los jueces. Su exculpación no fue recurrida ni por la Fiscalía ni por la acusación particular. Ella relató al tribunal que “se lo decían en serio y que si ella hubiera accedido habría ocurrido” y reveló que, una vez en casa, su padrino le recriminó que “tendría que haberle hecho la mamada y que le había dejado como un estúpido delante de su compañero”.

Ninguno de los más de diez jueces que han estudiado el caso han dudado en ningún momento del relato de la víctima en cuanto a cómo y cuándo se produjeron los abusos, ni tampoco en torno a por qué se decidió a denunciar: para que su hermana pequeña no pasara por lo mismo. Ella, relató el TSJ de Andalucía, “ha mantenido siempre la misma versión” frente a una estrategia exculpatoria del agente que pasa por acusar a la menor de denunciarle movida por un objetivo económico indeterminado.

Su condena firme de 12 años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales no solo implica que cumplirá su pena obligatoriamente entre rejas: también queda inhabilitado durante seis años para ejercer cualquier tipo de empleo público y trabajar con menores de edad, y le impone la obligación de acudir a programas de educación sexual. Según la normativa de la Guardia Civil, además, ser condenado en firme por un delito doloso “que causa grave daño a los ciudadanos” supone una falta muy grave y puede implicar su expulsión definitiva del cuerpo.

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