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La Fiscalía rechaza la petición de la UEFA de apartar al juez Ruiz de Lara del 'caso Superliga'
La Fiscalía ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid que rechace la solicitud de la UEFA y La Liga (LFP) de apartar al juez que instruye la causa sobre la Superliga, el magistrado Manuel Ruiz de Lara. La UEFA, el organismo que regula las competiciones de fútbol a nivel europeo, había pedido en agosto la recusación del juez por “irregularidades significativas” en el procedimiento.
Según el escrito del Ministerio Público, al que ha tenido acceso elDiario.es, los motivos alegados por la UEFA, y también por La Liga, para recusar al titular del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid “no revelan la relación previa del magistrado con el objeto del proceso”. La Fiscalía no ve “ventaja o beneficio” al juez o que le evite un perjuicio para “él o para sus allegados”.
Tanto la UEFA como la LFP sostuvieron en su día que existían indicios que revelaban la “aparente predisposición hacia las pretensiones de la parte demandante” por parte del magistrado recusado. Citaban, entre otros, la “celeridad” -dos días- con la que el instructor adoptó una serie de medidas cautelares propuestas por los representantes de la Superliga “inaudita parte”.
Esas cautelares contemplaban, entre otras cosas, que ni la FIFA ni la UEFA o La Liga pudieran imponer medidas contra el organismo creado por una serie de clubes y liderado por el presidente de Real Madrid, Florentino Pérez.
También afirmaban que, en el auto dictado el pasado 20 de abril, el magistrado aparentaba prejuzgar “de modo anticipado” el fondo del asunto, u otras cuestiones como la filtración a la prensa de información con carácter previo a la notificación o la participación del recusado en una mesa redonda sobre “Supuestos de abuso de posición dominante: Caso Superliga”.
Ante tales argumentos, la Fiscalía ha recordado que las causas para sostener que un juez tiene interés directo o indirecto en una causa están “claramente” contempladas en la ley. Y ha subrayado que en este caso, las alegaciones de la UEFA y la LFP “no son subsumibles en el motivo de recusación invocado”.
En este sentido, el Ministerio Público ha insistido en que no se ha encontrado ninguna relación previa del magistrado con el objeto del proceso “o que el pleito le proporciones una ventaja o beneficio o le evite una carga o perjuicio para él o para sus allegados, ni un interés actual, esto es, concurrente en el momento en que se promueve el apartamiento del Magistrado mediante su recusación”.
Con información de Europa Press.