Los abogados condenados a cárcel por falsificación en el concurso de radios de Canarias vuelven a la carga en Andalucía

Los abogados Paula Romeo y Jaime Rodríguez Díez, en el juicio.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

Los abogados Paula Romeo González y Jaíme Rodríguez Díez, condenados a una pena de un año y nueve meses de cárcel por un delito de falsificación de documento oficial en el concurso celebrado en 2010 para la asignación de frecuencias de radio en Canarias, reaparecen en Andalucía. El despacho Díez & Romeo vuelve a ofrecer sus servicios profesionales a las empresas interesadas en concurrir a la convocatoria aprobada el 2 de agosto por la Junta para la readjudicación de licencias de Televisión Digital Terrestre (TDT).

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas dictó el 9 de octubre de 2015 una sentencia firme que confirmaba la condena de cárcel para los abogados (no deberán ingresar en prisión al ser la pena inferior a dos años), así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y nueve meses de multa con una cuota diaria de veinte euros. La resolución judicial desestimaba el recurso de apelación de Díez & Romeo contra el fallo de primera instancia y consideraba probado que los letrados falsificaron un sello de correos para tratar de acreditar que habían presentado 41 solicitudes en tiempo y forma cuando no llegaron a hacerlo “por negligencia”.

Apenas diez meses después de esta condena firme y ante la reciente publicación de las bases del concurso de TDT en Andalucía, Díez & Romeo ha presentado propuestas económicas a empresas del sector para hacer acopìo de la documentación requerida y formalizar la solicitud para concurrir. La Junta ha vuelto a sacar a concurso las licencias televisivas después de que el Tribunal Supremo anulara las concesiones realizadas en 2008 por no haberse contemplado en el reparto la anulación parcial de las bases de la convocatoria.

Según ha podido saber Canarias Ahora, el despacho Díez & Romeo fija unas tarifas más bajas que otros profesionales especializados en el sector, aunque, a diferencia de estos, en su hoja de servicios no contempla la elaboración de los documentos exigidos por la Junta, sino el envío de los modelos a los licitadores para su cumplimentación y la asistencia y apoyo ante las dudas que puedan surgir, así como su supervisión. De hecho, sólo redactarán aquellos modelos que no constan como anexos en el pliego, según recogen las mencionadas propuestas. También ofrecen asesoramiento en la elaboración del proyecto audiovisual y, en una última fase, el control y seguimiento del procedimiento.

Se da la circunstancia de que en los datos de pago no figura la cuenta del despacho de abogados, sino la de una empresa administrada por Jaime Rodríguez Díez, constituida en noviembre de 2013 en el mismo domicilio de Díez & Romeo y que, según los datos del Registro Mercantil de Madrid, tiene como objeto social la elaboración e impartición de programas formativos, la formación continuada, no reglada y ocupacional, así como la organización de eventos tales como congresos y conferencias.

Una forma de proceder “que sólo lleva al absurdo”

En la sentencia dictada el pasado 9 de octubre, la Audiencia Provincial de Las Palmas rechaza todas las alegaciones presentadas por Paula Romeo González y Jaime Rodríguez Díez contra la resolución del Juzgado de lo Penal número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, confirma su culpabilidad y concluye que la forma de proceder y la línea argumentativa de los abogados condenados por falsificación “sólo conduce a un callejón sin sentido, con proposiciones cuya interpretación sólo llevan al absurdo”.

El fallo considera probado que los abogados falsificaron un sello de la oficina de Correos de Arucas en un documento fechado el 30 de septiembre para aparentar la entrega en tiempo y forma de 41 solicitudes de otras tantas entidades interesadas en obtener una de las 156 licencias de radio que ofertaba la Comunidad Autónoma. A las 14.00 horas de ese 30 de septiembre de 2010 vencía el plazo otorgado por el Gobierno regional para poder presentar la documentación. Las bases del concurso permitían la entrega de los sobres por correo certificado, pero los licitadores debían acreditar con un resguardo la fecha de interposición del envío y comunicar por fax en el mismo día la remisión de la solicitud a la Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios.

Sin embargo, el Gobierno regional no recibió ni el resguardo, ni el fax, ni la documentación de 40 de las empresas representadas por Díez & Romeo (una de ellas la presentó por una vía alternativa), que se quedaron fuera del concurso. El viceconsejero de Comunicación del Gobierno regional en el momento de los hechos, Martín Marrero, relató en el juicio que los abogados le solicitaron una reunión urgente para tratar “un asunto grave”. Este encuentro, admitido por Díez & Romeo, se celebró el 6 de octubre. Según la versión de Marrero, los ahora condenados le solicitaron una ampliación de plazo y le reconocieron que se habían visto desbordados y no habían podido presentar la documentación a tiempo.

Dos días después, el 8 de octubre, Paula Romeo remitió un escrito a la Viceconsejería en el que culpaba a Correos de que las solicitudes no llegaran en plazo. Para la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, este hecho demuestra que los abogados eran “perfectos conocedores” de que la documentación nunca iba a llegar a su destino, circunstancia que les parece “insólita”, puesto que aún no habían transcurrido los diez días naturales desde la terminación del plazo que las bases otorgaban para admitir las ofertas, que se cumplían el 10 de octubre. “¿Cómo se podía sostener antes del transcurso del plazo de los 10 días para que la documentación supuestamente remitida por Correos llegare a su destinatario que tal circunstancia no se iba a producir, atribuyendo toda la responsabilidad a Correos?”

Los magistrados sostienen que la falsificación debió idearse y ejecutarse entre la reunión del 6 de octubre en la que los abogados intentaron con el viceconsejero una ampliación del plazo “que hacía innecesaria la falsificación” y el día 8 en el que ya se alude “al novedoso dato de la presentación en Correos”.

Al igual que la sentencia recurrida, la Audiencia Provincial da más credibilidad al informe pericial de la Brigada Provincial de la Policía Científica que al presentado por los acusados, incidiendo en que utilizó un mayor instrumental y redactó un estudio más completo para concluir que el sello de la oficina de Correos había sido falsificado. Este informe ratificaba que los sellos analizados presentaban “los rasgos propios de las impresoras de tecnología láser o de las fotocopiadoras”, lo que determinaba que habían sido estampados “por fotomontaje o escaneado a partir de modelos originales” y no con el sello húmedo usado por Correos, como mantenía el análisis elaborado por el perito de parte.

Además, en la oficina de Correos de Arucas no constaba la matriz que se genera al realizar el envío (sólo se conserva ocho meses), que tampoco figuraba en el listado de certificados emitidos ni quedó registrado en el sistema informático.

La sentencia de la Audiencia Provincial impone a los abogados Paula Romeo González y Jaíme Rodríguez Díez el pago de las costas procesales.

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