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Educación debería esperar a sentencia firme antes de ampliar la Religión, protesta el sindicato PIDE

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El Sindicato del Profesorado Extremeño (PIDE) ha criticado que el Gobierno regional vaya a ejecutar la sentencia que obliga a recuperar las horas de Religión y reclamado a la Consejería de Educación que espere a la resolución del recurso de casación que ha interpuesto antes el Tribunal Supremo.

Desde PIDE no entienden que la Consejería después de anunciar hace poco el recurso de casación ante Tribunal Supremo contra el Auto del TSJex y la firme convicción de esperar a que el Supremo se pronunciara antes de tomar ninguna decisión, “venga ahora a cambiar de opinión y reducir el horario de otras asignaturas para aumentar el de Religión el curso que viene, cuando el actual reparto horario no contraviene en ningún momento la normativa educativa ni se vulnera los acuerdos entre el Estado y la Santa Sede.

Instan a esperar la resolución del recurso de casación en Madrid antes de tomar ninguna decisión, ya que la Ley lo permite y además aplicar la sentencia del TSJ de Extremadura “significará despedir docentes que han accedido por oposición para contratar a personal laboral de religión nombrado a dedo”.

El auto del TSJex extremeño persigue que la carga horaria de determinadas asignaturas sea reducida en favor de la Religión, “lo que va a provocar un daño irreparable a la educación pública; ocurrirá si se limitan horas de asignaturas necesarias para la formación del alumno, en favor de la educación religiosa cuyo fundamento de subsistencia es la fe y su objetivo el adoctrinamiento religioso”.

Ya está bien

PIDE cree que ya ha llegado el momento de que la Junta de Extremadura se “deje de paños calientes” y denuncie, de una vez por todas, los acuerdos con la Santa Sede para sacar de forma definitiva la Religión de la escuela.

Recuerdan además, que la contratación del personal laboral del PAS que imparte Religión en los centros públicos extremeños se realiza según un mecanismo establecido en los Acuerdos Iglesia – Estado de 27 de febrero de 1979, completado con reglamentos y convenios posteriores: el responsable de la religión correspondiente propone al comienzo de cada curso a los candidatos a impartir su confesión religiosa de cada centro público; y la Consejería de Educación y Empleo realiza un contrato laboral anual por todo el curso escolar.

“Es una situación anómala, inconstitucional y que va en contra del acceso al empleo público, no es posible que se nombre por contrato laboral a personas sobre las que la Consejería de Educación no posee ninguna constancia de competencia y cuya actividad está tutelada a todos los efectos por personas o instituciones ajenas a la Administración educativa”.

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