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La Meseta es un nuevo blog en el que Castilla y León se abre a la red, sin cortapisas, sin presiones y con un único objetivo: informar, contar, relatar. Informar lo que ocurre esta Comunidad Autónoma sin que nadie imponga sus criterios. Contar lo que habitualmente no se encuentra ni en la Red ni en papel. Relatar opiniones de los que tengan algo de qué opinar. Todo ello pensado para una tierra mesetaria, en la que apenas hay sobresaltos, y con la pretensión de aportar un grano de arena para el avance intelectual y material de esta región.

Los miembros del Consejo Social de la Universidad de Salamanca no podrán recibir regalos de más de 150 euros

Fachada del edificio histórico de la Universidad de Salamanca.

Justino Sanchón / Justino Sanchón

Se trata de un Código Ético y de Buen Gobierno. O dejar por escrito unas normas que deberían ser de obligado cumplimiento. Pero la Universidad de Salamanca quiere atajar posibles problemas de futuro. O que se hayan encontrado alguno en el pasado y quieran poner coto. La realidad es que el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) del día 23 de julio publicó el “Código Ético y de Buen Gobierno del Consejo Social” de la Universidad de Salamanca.

Uno de los puntos esenciales es el que se refiere a los regalos que puedan recibir los miembros del Consejo Social de la Universidad de Salamanca, que preside Ignacio Sánchez Galán, salmantino del municipio de Villavieja de Yeltes y presidente de Iberdrola. Así, sus miembros -representantes del empresariado, sindicalismo y de las administraciones públicas de Castilla y León- no podrán recibir ni regalos ni obsequios cuyo valor supere los 150 euros.

Esta norma será aplicable, según el Código Ético, “a todos los miembros del Consejo Social independientemente de la entidad o ente que los designe”, además será aplicable a sus miembros pero “en su actuación como miembros de patronatos de fundaciones o de órganos de gobierno y administración de sociedades propias o participadas por la Universidad”.

“Los miembros del Consejo Social no podrán recibir ni aceptar ninguna clase de regalo u obsequio que proceda de personas físicas o jurídicas que tengan contratadas con la Universidad algún tipo de prestación de servicios o sean proveedoras de las mismas”, apunta el Código.

Sin embargo, permitirá “la entrega y aceptación de regalos y obsequios” en el momento en que “concurran simultáneamente las circunstancias siguientes”: “sean de valor económico irrelevante o simbólico y no superen los 150 euros”, que “respondan a signos de cortesía o a atenciones comerciales usuales” o que “no estén prohibidas por la ley o las prácticas comerciales generalmente aceptadas”.

En términos teóricos, el Código Ético del Consejo Social de la Universidad salmantina también define nuevas normas y prácticas para “regular las actuaciones” de sus miembros, así como “de las responsabilidades que puedan asumir dentro del ámbito de gestión del Consejo Social y como complemento a las normas de derecho imperativo que le son de aplicación”.

Llama la atención que en este Código Ético se apunta cómo deben ejercer sus funciones los miembros del Consejo Social: “de buena fe, respetando los principios de imparcialidad y transparencia, salvaguardando y primando el interés público general sobre el particular”.

Y también les dicen cómo tienen que mantener la conducta, que sea “digna en todo momento en sus relaciones entre ellos y con los miembros de la comunidad universitaria, con esmerada corrección y respeto”.

Por si fuera poco, les dicen cómo deben comportarse en cuanto a la igualdad: “evitando toda discriminación por razón de raza, color, nacionalidad, origen social, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social”.

Este Código Ético marca, en un espacio no demasiado amplio, que en los nombramientos internos del Consejo Social “primará el principio de igualdad efectiva entre hombre y mujeres”.

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