La autodeterminación de género, un derecho que cumple ocho años en Andalucía

Javier Ramajo

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Aunque casi todas las comunidades autónomas de España tienen leyes trans, a la estatal aún le queda recorrido y debate parlamentario. El Gobierno central dio luz verde al proyecto de ley la semana pasada en la víspera del Orgullo LGTBI, pero no está de más recordar que Andalucía fue pionera a nivel nacional en la materia. La comunidad andaluza se adelantó y fue la primera, en 2014, en acatar las recomendaciones del Parlamento Europeo del 12 de diciembre de 2012, que ya invitaba a todos los países miembros a modificar sus leyes para no discriminar a las personas transexuales, proponiendo como referencia la Ley argentina de Identidad de Género, la única a nivel mundial que en ese entonces había reconocido la autonomía y la despatologización de las personas trans. El camino de ambas normativas, tanto aquella andaluza (publicada en el BOE del 8 de julio de 2014, hace justo ocho años) como estos meses a nivel estatal, fue y está siendo complejo pero diferente en las formas: en Andalucía se aprobó con la unanimidad de PSOE, IU y PP (los dos primeros formaban entonces gobierno de coalición en la Junta) y en España su tramitación, a la que aún le quedan las enmiendas que presenten los distintos grupos, ha venido despertando duras discrepancias ya entre los socios de Gobierno (PSOE y Unidas Podemos), sobre todo a cuenta de que una persona pueda cambiarse de nombre y sexo en el DNI solamente si así lo desea, un techo competencial al que no ha podido llegar, lógicamente, ninguna norma autonómica.

La ley trans andaluza, aprobada en el Parlamento andaluz el 25 de junio de 2014, fue la primera norma en España que reguló el derecho a la autodeterminación de género y que lograba, como destacaba el colectivo trans, “despatologizar la transexualidad”, es decir, que ninguna persona pueda ser obligada a someterse a ninguna forma de tratamiento, procedimiento médico o examen psicológico para tratar o determinar su identidad de género. La ley trans de España, que va ya camino del Congreso de los Diputados, reconoce el derecho a la autodeterminación de género, como hacía la andaluza, y reconoce también que las personas trans podrán solicitar ante el Registro Civil la rectificación sin necesidad de tener que aportar informes psicológicos ni la obligación de hormonarse durante dos años, que son los requisitos que establece la legislación vigente.

La autodeterminación de género ha sido ahora el principal escollo para que ley estatal saliera adelante, pero finalmente el PSOE aceptó con la fórmula de que la persona tenga que reafirmar su decisión a los tres meses ante el Registro Civil en una especie de periodo de reflexión. La norma se llegó a encallar en el seno del Ejecutivo ante las discrepancias entre Unidas Podemos y los socialistas, que reclamaban que el cambio de sexo legal en el DNI no se permitiera en base a la libre voluntad de la persona interesada y haciéndose eco de la posición de una parte del movimiento feminista, que considera que la norma puede perjudicar a las mujeres que no son trans. Por su parte, a la espera del Consejo Fiscal, ya se han recabado los informes de los órganos consultivos, donde el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) emitió el posicionamiento más crítico y, aunque avaló la autodeterminación de género, reclamó más controles en ámbitos como el deporte o la violencia de género.

Europa, “sin límites de edad”

Desde el colectivo transexual se viene recordando que Europa expuso ya en 2015, un año después de la ley andaluza, que el cambio de sexo debe permitirse a cualquier edad sin exigir peritación médica o judicial, por lo van a instar a que durante el trámite parlamentario la autodeterminación de género se extienda a todos los menores y a las personas no binarias, cuestiones que finalmente han quedado fuera del proyecto de ley. Mar Cambrollé, que empujó para la aprobación de aquella ley andaluza como presidenta de la asociación ATA-Sylvia Rivera y ha impulsado la ley trans estatal como presidenta de la federación Plataforma Trans, considera que Andalucía introdujo “dos principios que eran novedosos entonces pero que se hacen imprescindibles para abordar la discriminación de las personas trans” y que coinciden con la despatalogización de la transexualidad. “El ejercicio del derecho se desvincula de la necesidad de aportar diagnósticos médicos previos que acrediten una disonancia estable entre el sexo biológico y la identidad de género sentida como propia”, decía la ley trans andaluza, que entró en vigor el 19 de julio de 2014. “La autodeterminación de género es devolverle a las personas trans la capacidad de ser sujetos de derecho y no que una institución o la medicina certifique tu identidad”, resume la activista.

En ese sentido, Cambrollé hace hincapié también en que la normativa europea prevé desde 2015, y también en la Estrategia Europea para la Igualdad de las Personas LGBTIQ 2020-2025, la autodeterminación de género “sin límites de edad” y “sin peritaciones médicas o judiciales”, una cuestión que ya se aprobado en numerosas comunidades bajo esas premisas tras “inspirarse” en la ley andaluza y que ha contado con el beneplácito del del PSOE “sin nigún tipo de obstáculo” en diferentes parlamentos autonómicos, expone Cambrollé. ¿Qué ha ocurrido con la ley trans estatal? Según la activista, una “competencia política” liderada por la exvicepresidenta Carmen Calvo, firmante también de aquel “argumentario transfóbico” del PSOE, “un disparate” que levantó las iras del colectivo LGTBI y “un viaje en el tiempo al franquismo”, según lo califica Cambrollé. “A mí me preocupa fundamentalmente la idea de pensar que el género se elige sin más que la mera voluntad o el deseo, poniendo en riesgo, evidentemente, los criterios de identidad del resto de los 47 millones de españoles”, dijo la vicepresidenta en una entrevista en febrero de 2021.

Si bien la norma revierte la exclusión de los inmigrantes con papeles y refugiados y les posibilitará modificar su sexo en los documentos expedidos por España si en su país no pueden hacerlo, Cambrollé critica por otra parte las “dos varas de medir” del Estado respecto a las personas trans y no trans en cuanto a los plazos para la autodeterminación del género, teniendo que reafirmar su decisión a los tres meses ante el Registro Civil. “En otra época, antes de abortar se imponían tres días de reflexión y a las feministas les parecía una injerencia y una tutela por parte del Estado. ¿Y ahora no les parece mal que a las personas trans nos pongan tres meses de reflexión? A mí me parece igualmente una injerencia del estado y un menoscasbo a nuestros derechos”, asegura Cambrollé.

Oña (PP): “No hubo ningún problema”

Una de las protagonistas de aquella ley andaluza pionera fue Esperanza Oña. La vetarana diputada del Parlamento andaluz era la portavoz del PP y ponente de aquella norma, que no encontró tantas trabas como las que ahora vive la ley trans estatal, en el mismo seno del Gobierno de coalición, y que fue aprobada por unanimidad. “No solo la apoyamos y la sacamos adelante sino que trabajamos juntos los tres grupos para hacer una ley consensuada”, recuerda. “Nosotros aportamos cosas a la ley y logramos un texto que satisfacía a las tres partes”, resume.

El PP no gobernaba en la Junta, igual que no lo está ahora en España, pero “nuestra aportación fue consensuar un texto y me parece que no resultó difícil porque estábamos los tres grupos con el deseo de poder llevar un texto que fuera incuestionable y del gusto de los tres grupos. Una ley que todo el mundo respaldó. Se aportaron y se modificaron cosas por parte de todos. Entonces éramos tres grupos, no había tantos partidos como ahora y quizás era más fácil ponerse de acuerdo, porque nos reuníamos tres personas y avanzábamos mucho en unas horas. El PSOE e IU lo podían haber sacado sin el PP pero sin embargo teníamos idea de consensuar los temas, lo propusimos y no hubo ningún problema”.

“El respeto a la dignidad de las personas trans”

España, en cualquier caso, terminará de unirse así a los países europeos que han despatologizado el reconocimiento de la identidad, como ya se recogía en la ley andaluza de 2014, que avalaba el principio de la libre determinación de género en el ámbito de sus competencias, por ejemplo, en la sanidad o en la educación, “solamente con la palabra de la persona si es adulta o del tutor lgal si es menor”, detalla Cambrollé. De hecho, un total de 1.516 personas han podido cambiar su nombre en su tarjeta del Servicio Andaluz de Salud (SAS) desde que se aprobó la ley trans en Andalucía, según fuentes de la Consejería de Salud y Famiias. Asimismo, fuentes de la Consejería de Educación indican que cada año se dan cientos de casos en los que el alumnado cambia su nombre en las listas de los centros educativos de Andalucía. Concretamente, a tenor de los datos que han podido extraer del sistema Séneca de los dos últimos cursos, fueron 260 casos en 194 centros en el curso 20/21 y 359 casos en 231 en este mismo curso.

Cambrollé destaca que la ley andaluza fue “una revolución para acabar con modelos carcelarios, segregados y discriminatorios” hacia las personas trans que, desde entonces, “entramos en la sanidad pública andaluza por la misma puerta que todo el mundo, primero al médico de atención primaria y luego a unidades especializados de endocrinos en todos los hospitales públicos de la comunidad autónoma”. “La despatologización no es más que el respeto a la dignidad de las personas trans”, señala, recordando que “lo bueno se replica” y, durante los años siguientes, otras comunidades fueron aprobando leyes trans “inspirándose” en la andaluza. “Cuando se habla de derechos trans en España, se habla con acento andaluz”, presume Cambrollé, que explica que la ley estatal sería la única que tendría competencia para cambiar el DNI.

Respecto a los menores, al margen del citado “escollo” para la autodeterminación de género en unos “farragosos” tramos de edad previstos en la ley, (en general, se permitirá el cambio de sexo legal desde los 12 años, no antes, en diferentes tramos: a partir de los 16 sin requisitos, entre los 14 y 16 con consentimiento de sus representantes legales, y entre los 12 y 14 mediante autorización judicial), Cambrollé recuerda también que se comtempla ahora “lo que llevamos haciendo en Andalucía desde hace ocho años”. Es decir, “que los menores sean respetados en el ámbito educativo, porque el acoso al que puedan ser sometidos en el colegio lo ha frenado la ley andaluza, como también reguló sus tratamientos hormonales en la pubertad bajo prescripción médica para evitar caracteres no deseados”. En definitiva, “permitir su libre desarrollo” como “va a permitir ahora una ley estatal de gan calado” y que va a permitir “resarcir una deuda histórica con las personas trans”. “Lo demás son bulos para intoxicar. Lo único que hay detrás es una competencia política”, concluye.

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