Libertad para el matrimonio condenado por encerrar varios años a sus hijos en Oviedo al ser absueltos de maltrato psíquico
El matrimonio alemán que durante casi tres años y medio mantuvo aislados a sus tres hijos en una casa situada en las afueras de Oviedo quedará en libertad con carácter inmediato después de que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) haya revisado su pena, les haya absuelto de los delitos de maltrato psicológico y haya anulado las medidas cautelares adoptadas.
La Audiencia Provincial condenó a los padres el pasado mes de mayo a dos años y cuatro meses de prisión por un delito de maltrato psicológico habitual en el ámbito familiar y a otros seis meses de prisión por un delito de abandono de familia, mientras que les absolvió del de detención ilegal.
A los progenitores, un alemán de 53 años y una mujer de 48 con doble nacionalidad, alemana y estadounidense, se les había inhabilitado también durante tres años y cuatro meses para ejercer la patria potestad o tutela, tiempo durante el que tampoco podrían comunicarse con sus hijos.
El TSJA, sin embargo, ha estimado parcialmente el recurso presentado por la defensa de los padres, a los que mantiene seis meses de prisión por el delito de abandono de familia por lo que los progenitores podrán abandonar el Centro Penitenciario de Asturias en cuanto estén listos los autos que la Sección Segunda de la Audiencia está preparando ya para comunicar la sentencia, han informado a EFE fuentes judiciales.
Según el tribunal, los padres no pueden ser condenados por un delito de violencia psíquica porque no se han acreditado actos humillantes, castigos o un clima de terror en el hogar en el que los niños, dos gemelos que ahora tienen 9 años, y su hermano mayor, de 11, ahora bajo la tutela de los servicios sociales del Principado, estuvieron aislados entre diciembre de 2021 y abril de 2025.
Para los magistrados, lo que se dio fue una reclusión familiar producto dinámica de “sobreprotección mal entendida” provocada por un temor intenso de la madre al contagio de la COVID-19 y el miedo posterior a que los servicios sociales les retirasen la custodia.
No obstante, el fallo reconoce que el aislamiento prolongado afectó al desarrollo psicofísico de los menores, quienes presentaban dificultades al caminar, retraso en el control de esfínteres y un grado de discapacidad reconocido del 35 por ciento.
Para el TSJA, de lo que sí que son responsables es de un delito de abandono de familia por la falta absoluta de escolarización y el ocultamiento social de los menores, que se vieron privados deliberadamente por sus progenitores del derecho a la educación y a la posibilidad de relacionarse con terceros durante años.
Los recursos presentados por la Fiscalía y el Principado de Asturias, que pedían que se estimase el delito de detención ilegal, han sido desestimados porque no consta que hubiese elementos de sujeción física o cierres forzosos en la vivienda y porque no había una voluntad deliberada de privarles de libertad.
El matrimonio, en prisión preventiva desde finales de abril del pasado año, admitió durante el juicio que la situación familiar era anómala, pero insistió en que siempre trató de hacer lo mejor para los niños.